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N° 136/22 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS

Edictos Judiciales lunes, 4 de julio de 2022

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS

Por disposición del Sr Presidente, Dr. Roberto M López Arango; se ha ordenado comunicar la RESOLUCIÓN

N° 136/22 de fs. 253/254, en la causa FPA4822/2014/TO1 caratulada “CASTAÑEIRAS, NICOLAS S/INFRACCIÓN

LEY 23.737” que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación del

SOBRESEIMIENTO de Nicolás CASTAÑEIRAS, DNI: 34.851.040, sin sobrenombres o apodos, argentino, nacido en

fecha 03/07/89 en la ciudad de Mar del Plata, Pcia. de Buenos Aires, soltero, empleado, con instrucción secundaria

incompleta, hijo de Hugo Castañeiras (f) y Estela Verna, con último domicilio en calle Tucumán N° 1455, piso

14, Dpto. “D” CABA, por el delito de tenencia de estupefacientes previsto y reprimido por el primer párrafo del

artículo 14 de la Ley Nº23.737, de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: RESOLUCIÓN N° 136/22.”Paraná,

30 de mayo de 2022. VISTO: El presente expediente FPA 4822/2014/TO1 caratulada “CASTAÑEIRAS NICOLÁS S/

INFRACCIÓN LEY 23.737” y, CONSIDERANDO:…Por los fundamentos brevemente expuestos, el TRIBUNAL ORAL

EN LO CRIMINAL FEDERAL DE PARANÁ, en composición unipersonal, RESUELVE: 1º) DECLARAR EXTINGUIDA

LA ACCIÓN PENAL por prescripción (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del C.P.) y, en consecuencia, SOBRESEER (arts.

336 inc. 1º y 361 del C.P.P.N.) a Nicolás CASTAÑEIRAS, DNI: 34.851.040, sin sobrenombres o apodos, argentino,

nacido en fecha 03/07/89 en la ciudad de Mar del Plata, Pcia. de Buenos Aires, soltero, empleado, con instrucción

secundaria incompleta, hijo de Hugo Castañeiras (f) y Estela Verna, con último domicilio en calle Tucumán N° 1455,

piso 14, Dpto. “D” CABA, por el delito de tenencia de estupefacientes previsto y reprimido por el primer párrafo del

artículo 14 de la Ley Nº23.737. 2º) DEJESE SIN EFECTO la rebeldía decretada y captura oportunamente dispuesta

por este Tribunal fecha 31/05/18, mediante resolución Nº200/18 bis, obrante a fojas 237 y vta. 3º) LIBRAR LAS

COMUNICACIONES del caso, al Registro Nacional de Reincidencia, y al Ministerio del Interior, Secretaría de

Seguridad Interior, la que por intermedio de la red “SIFCOP” retransmitirá esta orden a las Fuerzas de Seguridad

Nacional, a la Dirección Nacional de Migraciones, a las Policías Provinciales, a Policía Aeronáutica Nacional y

a Interpol. 4º) EXIMIR de costas al sobreseído (art. 531 del C.P.P.N.).5º) DESTRUIR el remanente del material

estupefaciente remitido a este Tribunal mediante Oficio Nº 1991/2015 (fs. 164) y RESTITUIR a CASTAÑEIRAS, los

siguientes elementos personales que le fueran secuestrados: un (1) celular marca Alcatel, modelo OT-710; dos

(2) bolsos; un par de anteojos y un (1) encendedor; el mencionado deberá solicitar expresamente su devolución

dentro de los de diez (10) días de publicada la presente en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de procederse a

su destrucción junto con los restantes elementos. 6º) DISPONGASE la publicación de la presente por medio de

edicto en el Boletín Oficial, por el término de cinco (5) días. 7º) REGÍSTRESE, publíquese, notifíquese, ofíciese y, en

estado, archívese. Fdo. Roberto M. López Arango –Presidente- ante mí -Dana S. Barbiero Secretaria DDHH-“ Dr.

Roberto M. Lopez Arango Juez - Dra. Valeria Iriso Secretaria de Cámara

e. 29/06/2022 N° 47869/22 v. 05/07/2022