N° 50670/22 Aviso del Boletín Oficial
LA CENTRAL DE VICENTE LÓPEZ S.A.C.
Texto del aviso
LA CENTRAL DE VICENTE LÓPEZ S.A.C.
(30-54625055-1) Por Asamblea del 1/06/2022, se resolvió por unanimidad reformar el Artículo 3° del Estatuto
Social, quedando este redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: Tiene por objeto realizar por
cuenta propia, de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: TRANSPORTE: Transporte terrestre
en general y en especial, transporte público de pasajeros y carga, mediante la explotación de vehículos propios
o de terceros y de concesiones de líneas de transporte público de pasajeros o carga, nacionales, provinciales,
interprovinciales; compra y venta, arriendo o subarriendo de colectivos, ómnibus y automotores en general, chasis,
carrocerías y sus implementos y accesorios: compra y venta y/o permuta y/o consignaciones y representaciones
de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, combustibles, lubricantes, así como productos y sub-
productos y mercaderías industrializadas o no y en general cualquier otro artículo para vehículos automotores,
sin restricción ni limitación alguna, su importación y exportación y la reparación de vehículos propios y ajenos.
Fabricación y elaboración de productos y subproductos metalúrgicos, químicos, plásticos, para vehículos
automotores y en especial fabricación de chasis, carrocerías, motores, sus partes y sus repuestos y accesorios,
acumuladores de energía, neumáticos nuevos y reacondicionados. FINANCIERAS: Mediante aportes, inversiones
de capital en sociedades, asociaciones, uniones de empresas, consorcios, constituidos o a constituirse, pudiendo
otorgar fianzas o avales, garantías reales o personales a favor de terceros, comprar, ceder y/o recuperar créditos
bancarios de cualquier naturaleza, con o sin garantía real, realizar compraventa de valores nacionales ajustables,
bonos externos, acciones, obligaciones, debentures y toda clase de títulos públicos o privados, creados o a
crearse bajo cualquiera de las formas permitidas por ley. Pudiendo también celebrar contratos de fideicomisos
de administración y/o con garantía, constituir fideicomisos, sea como fiduciaria, fiduciante y/o fideicomisaria
y/o beneficiaria, celebrar contratos de cobranza vinculados al presente objeto social, como así también otorgar
préstamos y/o aportes e inversiones de capitales a particulares o sociedades, realizar financiaciones y operaciones
de crédito en general, con exclusión de las actividades reguladas por la Ley de Entidades Financieras Nro. 21.526.
Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones, realizar todo tipo de actos, celebrar toda clase de contratos y efectuar operaciones que no sean
prohibidas por las leyes o por el Estatuto Social.
Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 01/06/2022
Martina Daniela Muñua - T°: 137 F°: 342 C.P.A.C.F.
e. 06/07/2022 N° 50670/22 v. 06/07/2022