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N° 53899/22 Aviso del Boletín Oficial

INNOVACIONES TECNOLOGICAS AGROPECUARIAS S.A. (INTEA S.A.)

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 14 de julio de 2022

Texto del aviso

INNOVACIONES TECNOLOGICAS AGROPECUARIAS S.A. (INTEA S.A.)

CUIT. 33697547539 Por escritura del 14/06/2022, f° 243, Protocolizo Actas del 11/03/2022, Designando Directores:

Titulares: Néstor Jorge OLIVERI, Ruth Amalia HEINZ, Octavio BERMEJO HILGER. Suplente: Mario Nicolás

CARLINO. Domicilio especial de Directores: Cerviño 3101 piso 2, CABA. Modificación de Estatuto: Artículo Noveno:

La Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por un máximo de ocho miembros

titulares, con mandato por dos años. La Asamblea puede elegir igual o menor número de suplentes. El Presidente y

el Vicepresidente serán designados por el Directorio entre los miembros nominados por la Clase “A” en su primera

reunión. El Directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría

de votos presentes. En caso de empate, el Presidente decide. Las reuniones del órgano de administración podrán

celebrarse con la presencia de los integrantes en forma física o comunicados entre sí a través de medios digitales

de transmisión simultánea de audio y video, siempre que permitan la accesibilidad y participación con voz y voto

de todos los participantes. La reunión deberá ser grabada y el representante legal conservará una copia en soporte

digital de la reunión por el término de cinco años, la que estará a disposición de cualquier accionista y/o director

que la solicite. La reunión celebrada deberá ser transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa

constancia de las personas que participaron y estar suscriptas por el representante social y el representante

de la comisión fiscalizadora. En la convocatoria a la reunión por medios digitales deberá informarse cuál será

el medio de comunicación utilizado y el modo de acceso a fin de permitir la participación. Las reuniones se

celebrarán de conformidad lo previsto en el artículo 84 y concordantes de la Resolución General 7/2015, sus

normas complementarias y modificatorias. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente

del Directorio y al Vicepresidente en caso de ausencia, impedimento de aquel, sin perjuicio de los poderes que

pudieren otorgarse. Las acciones de clase “A” nominarán el sesenta y cinco por ciento de los Directores y los

de la clase “B” el remanente”. Artículo décimo tercero: Las Asambleas pueden ser citadas simultáneamente en

primera y segunda convocatoria, en la forma establecida en el art. 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí

dispuesto para el caso de Asamblea unánime, en cuyo caso se celebrará en segunda convocatoria el mismo

día, una hora después de fracasada la primera. En caso de convocatoria sucesiva, se estará a lo dispuesto en el

artículo 237 antes citado. El quorum y el régimen de mayorías se rigen por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550,

modificado por la ley 22.903, según la clase de Asambleas, convocatorias y materias de que se trate. La Asamblea

Extraordinaria en segunda convocatoria, se celebrará cualquiera sea el número de acciones presentes con derecho

a voto. Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias podrán celebrarse con la presencia de los accionistas de la

Sociedad en forma física o comunicados entre sí a través de medios digitales de transmisión simultánea de audio

y video, siempre que permitan la accesibilidad y participación con voz y voto de todos los participantes. La reunión

deberá ser grabada y el representante legal conservará una copia en soporte digital de la reunión por el término

de cinco años, la que estará a disposición de cualquier accionista que la solicite. La reunión celebrada deberá

ser transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.961 - Segunda Sección 12 Jueves 14 de julio de 2022

y estar suscriptas por el representante social y el representante de la comisión fiscalizadora. En la convocatoria

a asamblea a celebrarse por medios digitales deberá informarse cuál será el medio de comunicación utilizado y

el modo de acceso a fin de permitir la participación. Las reuniones se celebrarán de conformidad lo previsto en

el artículo 84 y concordantes de la Resolución General 7/2015, sus normas complementarias y modificatorias.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 94 de fecha 14/06/2022 Reg. Nº 857

Luis María Allende - Matrícula: 2791 C.E.C.B.A.

e. 14/07/2022 N° 53899/22 v. 14/07/2022