N° 53962/22 Aviso del Boletín Oficial
N&F CAPITAL MARKETS S.A.
Texto del aviso
N&F CAPITAL MARKETS S.A.
CUIT 30-70945825-2. Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria del 01/07/2022 se modificó el Art.
3 del Estatuto Social en los siguientes términos: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse
por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a la siguientes actividades: A)
FINANCIERA: Mediante la financiación de operaciones comerciales o prendarias, de capitales en otras empresas,
sea en forma de aportes o mediante la realización de operaciones en participación; la constitución de empresas, con
las limitaciones del Art. 30 de la Ley 19.550, así como el otorgamiento de créditos para la adquisición por terceros de
bienes muebles nuevos o usados, con cualquier destino solicitando en cualquiera de los casos las garantías reales
y/o personales pertinentes, conforme a la normativa aplicable y en tanto no se trate de operaciones reservadas a
las entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras de la República Argentina. La sociedad podrá a
su vez financiar las operaciones que contemplan este apartado y las restantes actividades descriptas en el resto
de los considerandos, mediante la securitización de activos reales o financieros o de cualquier otra especie con
aptitud legal, destinando los mismos a garantizar la emisión de instrumentos de deuda. Se excluyen expresamente
el desempeño de actividades financieras que supongan la intermediación pública entre la oferta y la demanda de
recursos financieros (Ley de Entidades Financieras 18.019 y sus modificaciones). B) INVERSIONES MOBILIARIAS
de toda clase mediante la compra, venta, permuta, locación o cualquier otro tipo de operaciones sobre: acciones,
obligaciones negociables, bonos representativas de la deuda pública o privada, certificados de participación o
cuota partes representativos de activos, cualquier clase de títulos públicos o privados, nacionales o extranjeros,
derechos intelectuales, patentes, marcas, derechos industriales, diseños, energía y, en general, cualquier otra
clase de cosas muebles y/o derechos y la explotación y aprovechamiento de tales cosas muebles y/o derechos. C)
COMERCIALES: Compra, venta, importación y exportación, consignación, comisión, representación y distribución
de toda clase de bienes y servicios así como también el otorgamiento de contratos de leasing cuando el objeto
del mismo lo posibilite y/o requiera. Desarrollo de software, análisis y desarrollo de aplicaciones web, diseño,
programación, asesoría, comercialización de productos y servicios asociados. El diseño, desarrollo, gestión
y comercialización de páginas y sitios de internet, aplicaciones y software serán actividades de la Sociedad.
Transmisión digital y/o electrónica de datos y afines, servicio electrónico de pagos, cobranzas y/o remesas;
servicios de envíos y/o recepción de remesas monetarias; y servicios de administración de pagos y cobranzas.
Quedan exceptuadas entre las actividades de la Sociedad las previstas por las leyes 21.187 y 20.488. Asesoramiento
y asistencia técnica en el área informática y en el diseño, desarrollo, programación, verificación, aplicación y
usos de sistemas de procesamiento electrónico de datos y control de proceso, y análisis técnicos. Administrar y
coordinar la presentación de los servicios descriptos contratando las personas, empresas y organizaciones que
a tal fin sea necesario. D) ADMINISTRACIONES: Administrar todo tipo de bienes inmuebles o muebles, fondos,
carteras, crediticias, mobiliarias o inmobiliarias, activos de cualquier naturaleza, sean bienes propios y/o ajenos,
desempeñar mandatos y/o gestiones de administración, aceptar cargos de fiduciaria, fiduciante o beneficiaria,
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.962 - Segunda Sección 10 Viernes 15 de julio de 2022
etc.; y/o gestiones comerciales, crediticias, de administración. E) SERVICIOS PARTICULARES: Operaciones de
medios de pago masivos, de única vez o recurrentes, mediante mecanismos de débito en cuenta, tarjetas de débito
o tarjetas de crédito; operaciones con cámaras electrónicas de compensación de medios de pago: dirección,
administración y operaciones de compensación electrónica de transacciones de medios de pago, títulos, valores
y documentos. Procesamiento de información y datos involucrados en el servicio de compensación electrónica
de medios de pago, en general todas las actividades similares vinculadas conexas o complementarias con las
mencionadas precedentemente. Servicios electrónicos de procesamiento de transacciones relacionados directa
o indirectamente con otros mercados de procesamiento de transacciones electrónicas además del mercado
financiero, incluyendo transporte, salud, logística, telecomunicaciones, acceso a internet, contenidos digitales,
sistemas de fidelización de clientes y cualquier otro que requiera procesar transacciones electrónicamente.
Desarrollo y administración de software para actividades de interconexión y autorización de operaciones,
verificación, actualización de información y administración de mensajería. F) PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE
GESTION Y/O COBRANZAS Y/O RECUPERO EXTRAJUDICIALES, incluyendo gestiones de cobranza en sus
diferentes formas, cuotas, participaciones; aportes, subsidios, créditos prendarios, hipotecarios con y/o sin
garantías de cualquier naturaleza, facturas en toda moneda y/o valores, de todo tipo de créditos, documentos
en general y/o saldos en cuenta corriente originados por compras, préstamos, garantías y/o cualquier otro tipo
de relación comercial tanto de particulares, reparticiones o empresas públicas o privadas o mixtas que requieran
cobranzas de Servicios Públicos, Tasas e Impuestos ya sean Municipales, Provinciales y/o Nacionales, tanto en
el país como en el extranjero. Se exceptúan las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o
cualquier otra en las que se requiera el concurso público. Servicios y Mandatos. La Sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y
por este Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 01/07/2022
maria rosario giudice - T°: 79 F°: 33 C.P.A.C.F.
e. 15/07/2022 N° 53962/22 v. 15/07/2022