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N° 55021/22 Aviso del Boletín Oficial

IGG SERVICE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 19 de julio de 2022

Texto del aviso

IGG SERVICE S.R.L.

CUIT 30-71690601-5. Cumpliendo con la Res. Gral. IGJ 3/2020: Por contrato del 28/2/2022, Alan Matías CORBALAN

cedió 9900 cuotas sociales de $ 10 v/n c/u a Samantha Isabel PARDO; Braian David SOSA cedió 9900 cuotas

sociales de $ 10 v/n c/u a Daniel Federico PARDO; Alan Matías CORBALAN cedió 5100 cuotas sociales de $ 10 v/n

c/u a Nicolás Ismael Pardo; Braian David SOSA cedió 5100 cuotas sociales de $ 10 v/n c/u a Nicolás Ismael Pardo.

El capital social quedó suscripto e integrado así: Samantha Isabel PARDO 9900 cuotas equivalentes a $ 99000,

Daniel Federico PARDO 9900 cuotas equivalentes a $ 99000, Y Nicolás Ismael Pardo 10.200 cuotas equivalentes a

$ 102.000. Por asamblea del 28/2/20202 se resolvió: 1) Elegir por la renuncia de Alan Matías CORBALAN gerentes

a Samantha Isabel PARDO, Daniel Federico PARDO y Nicolás Ismael Pardo. Todos fijan domicilio especial en

Basualdo 124, Piso 1 depto “B” CABA. 2) Cambiar la sede a Basualdo 124, Piso 1 depto “B” CABA. Por asamblea

del 25/8/2021 se resolvió modificar el objeto, reformando así el artículo tercero del estatuto. El nuevo objeto queda

redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto las tareas de limpieza,

de maestranza, de mantenimiento edilicio, de refacciones y mejoras en general, realizando tareas de electricidad,

plomería, albañilería y soldadura de obra dentro del específico ámbito portuario de la República Argentina,

Plazoletas Fiscales y actividades afines. En tal sentido la Sociedad realiza el mantenimiento y limpieza de edificios,

oficinas, playones, vestuarios y zonas operativas, limpieza de buques, reparación de máquinas y contendores

propios del desarrollo de la actividad portuaria y el traslado interno dentro de las instalaciones portuarias, del

personal dispuesto para la prestación del servicio. Todas las actividades que así lo requieran serán realizadas

por profesionales habilitados legalmente para ello. A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este

contrato” Autorizado según instrumento privado Acta de fecha 28/02/2022

Daniel CASSIERI - T°: 103 F°: 515 C.P.A.C.F.

e. 19/07/2022 N° 55021/22 v. 19/07/2022