N° 57837/22 Aviso del Boletín Oficial
ROCH S.A.
Texto del aviso
ROCH S.A.
(CUIT 30-63837562-8) Roch S.A. procede a notificar a TRAFIGURA PTE. LTD., VITOL INC., VITOL SA, ENAP,
TRAFIGURA ARGENTINA S.A., GASENER S.R.L., GAS PATAGONIA S.A., ABC ENERGIA S.A., LATIN ENERGY
GROUP S.R.L., COMPAÑIA INVERSORA DE ENERGIA S.R.L., GAS MERIDIONAL S.R.L., CAMUZZI ENERGIA S.A.,
VICTORIO PODESTA Y CIA. S.A., NATURAL ENERGY S.A., ALPES ENERGY S.A., TECNOMYL S.A., CARRIER
FUEGUINA S.A., BARPLA S.A., FÁBRICA AUSTRAL DE PRODUCTOS ELECTRICOS S.A., IATEC S.A., BGH S.A.,
RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., y GAS AUSTRAL S.A., en su carácter de deudores
cedidos bajo el contrato de cesión fiduciaria y fideicomiso en garantía celebrado el 27 de julio de 2022 entre
Roch S.A., Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Banco Itaú Argentina S.A., Banco de la Provincia de Tierra
del Fuego, Trafigura PTE. LTD, y Banco de Valores S.A.: (a) Que: (i) con fecha 19 de mayo de 2022, Banco de la
Ciudad de Buenos Aires prestó su conformidad a fin de refinanciar sus créditos con Roch S.A. por un monto de
capital total de U$S3.877.970; (ii) con fecha 17 de mayo de 2022, Banco Provincia de Tierra del Fuego prestó su
conformidad a fin de refinanciar sus créditos con Roch S.A. por un monto de capital total de U$S1.427.210; y (iii)
con fecha 16 de mayo de 2022, Banco Itaú Argentina S.A. prestó su conformidad a fin de refinanciar sus créditos
con Roch S.A. por un monto de capital total de $ 502.210.672,46 equivalente a U$S3.844.725; (b) Que con fecha 27
de julio de 2022, Roch S.A. emitió una obligación negociable privada garantizada por un valor nominal de capital
total de U$S3.413.694 suscripta por Trafigura PTE. Ltd.; (c) Que con fecha 27 de julio de 2022, Roch S.A. emitió
las obligaciones negociables públicas, simples, no convertibles en acciones, garantizadas, Clase 1 por un valor
nominal de U$S16.261.578, denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses, con vencimiento el 27 de
septiembre de 2027, y que devengarán intereses a una tasa de interés fija del 6,50% nominal anual, pagaderos en
forma trimestral por trimestre vencido;
(d) Que con fecha 27 de julio 2022 se celebró el contrato de cesión fiduciaria y fideicomiso en garantía, entre
Roch S.A., en su carácter de fiduciante, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Banco Itaú Argentina S.A., Banco
de la Provincia de Tierra del Fuego y Trafigura PTE. LTD, todos ellos en su carácter de beneficiarios, y Banco de
Valores S.A., actuando exclusivamente en su calidad de fiduciario y no a título personal, en beneficio exclusivo de
(i) los tenedores de las obligaciones negociables públicas, (ii) Banco de la Ciudad de Buenos Aires, (iii) Banco Itaú
Argentina S.A., (iv) Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, y (v) Trafigura PTE. LTD, a fines de garantizar el repago
de todas y cada una de las obligaciones de Roch S.A. para con cada uno de los tenedores de las obligaciones
negociables públicas, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Banco Itaú Argentina S.A., Banco de la Provincia de
Tierra del Fuego y Trafigura PTE. LTD, todos ellos en carácter de beneficiarios de la garantía y cualquier suma de
dinero emergentes de, relacionadas con, y/o de cualquier manera vinculadas a, (i) las obligaciones negociables
públicas (incluyendo, a efectos aclaratorios, aquellas obligaciones negociables públicas adicionales a ser emitidas
y entregadas exclusivamente a aquellos tenedores de obligaciones negociables clase 4 y/o de obligaciones
negociables clase 5 emitidas por Roch S.A., que no hayan verificado oportunamente sus créditos en el marco del
concurso preventivo de Roch S.A., en virtud de lo establecido por la Sección III de la Ley de Concursos y Quiebras,
y lo efectúen con anterioridad al 5 de noviembre de 2022, según se especifica en “Obligaciones Negociables
Adicionales” en el suplemento de las obligaciones negociables públicas), (ii) los préstamos con Banco de la Ciudad
de Buenos Aires, Banco Itaú Argentina S.A. y Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, y (iii) la obligación
negociable privada suscripta por Trafigura PTE. LTD; ya sea, sin limitación, en concepto de pago de capital,
pago de intereses, montos adicionales, primas, obligaciones de reembolso, comisiones, indemnizaciones, costos
y gastos; y sean dichas obligaciones directas o indirectas, simples o condicionales, vencidas o pendientes de
vencimiento, presentes o futuras, en su carácter de Obligaciones Garantizadas; en todos los casos, el término
“Obligaciones Garantizadas” comprenderá todas y cualesquiera cargas, deberes, compromisos, responsabilidades
y/u obligaciones de cualquier clase que puedan surgir como consecuencia de cualquier clase de refinanciación,
reestructuración, novación o modificación de cualquiera de las cargas, deberes, compromisos, responsabilidades
y/u obligaciones de Roch S.A. para con los beneficiarios antes mencionados que correspondan; y (ii) todas y cada
una de las obligaciones asumidas por Roch S.A. bajo el contrato de fideicomiso en garantía.
En virtud de ello, Roch S.A. instruye en forma irrevocable a los deudores cedidos para que, a partir de la fecha de la
presente, paguen todos los pagos relativos a las operaciones de venta a Banco de Valores S.A. mediante cheque
o depósito en la cuenta corriente abierta en Banco de Valores S.A. de titularidad del fiduciario a ser informada
oportunamente por Roch S.A., para su imputación al Fideicomiso.
Para el caso en que los pagos mencionados se instrumentarán por medio de cheques físicos o electrónicos los
mismos deberán ser librados a la orden de Banco Valores S.A., consignando la leyenda “no a la orden” y cruzados.
Los cheques deberán ser entregados por los deudores cedidos a Roch S.A. para que este, por cuenta y orden
del fiduciario, efectúe el depósito de dichos cheques en la cuenta indicada por Roch S.A. Por último, cualquier
pago efectuado por los deudores cedidos en violación de lo dispuesto en este apartado, carecerá de los efectos
liberatorios del pago. Se deja constancia de que la cesión fiduciaria en garantía y la instrucción irrevocable que
por la presente se notifican subsistirán hasta tanto los deudores cedidos reciban una instrucción por escrito en
contrario emitida por el Fiduciario.
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.972 - Segunda Sección 52 Viernes 29 de julio de 2022
La presente importa notificación por acto público en los términos del artículo 1620 y concordantes del Código Civil
y Comercial.
Designado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 20/4/2022 Ricardo Omar Chacra - Presidente
e. 29/07/2022 N° 57837/22 v. 29/07/2022