N° 62120/22 Aviso del Boletín Oficial
COPISOL S.R.L.
Texto del aviso
COPISOL S.R.L.
CUIT 30-55242523-1. Comunica que por Escritura Pública de fecha 02-08-2022 se resolvió: 1) La cesión de 297
cuotas de Pablo Canal, DNI 22.847.821 a favor de Alejandro Canal, DNI 22.156.949 (207 cuotas) y a Julia Irene
Carruthers, DNI 24.036.131 (90 cuotas), 2) La cesión de 36 cuotas de Camilo Canal, DNI 7.752.209 a favor de
Alejandro Canal, DNI 22.156.949, 3) El capital social es de 900 cuotas de valor nominal $ 100 cada una, quedando
las participaciones sociales de la siguiente manera: Alejandro CANAL: 540 cuotas; Camilo CANAL: 270 cuotas y
Julia Irene Carruthers: 90 cuotas, 2) Aceptar la renuncia del gerente Pablo Canal, 3) Designar como gerentes a
Alejandro Canal, Camilo Canal y Julia Irene Carruthers, todos con domicilio especial en Julian Alvarez 2335 Torre A,
Piso 19, Departamento “D”, CABA, 4) Trasladar la sede social a Julian Alvarez 2335 Torre A, Piso 19, Departamento
“D”, CABA, 5) Modificar el objeto y en consecuencia la redacción de la cláusula 3ra por: “Tercera: La Sociedad
tendrá por objeto la elaboración, comercialización, importación y exportación de: Materiales fotosensibles, sus
materias primas, elementos y maquinarias para su fabricación; Máquinas y equipos para impresión y duplicación;
Materiales y artículos para dibujo; Productos químicos; Fabricación y comercialización de materiales encapados y
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.982 - Segunda Sección 19 Viernes 12 de agosto de 2022
no encapados para la industria gráfica, textil y similares. Comercialización de papeles, films y tintas para la industria
gráfica, textil y afines; pudiendo establecer fábricas, talleres, agencias u oficinas en cualquier lugar del país, en
forma directa o por medio de representantes.- Efectuar estudios de factibilidad y de ingeniería, asesoramiento
tecnológico y suministro de servicios técnicos.”, y 6) Modificar las cláusulas 4° (tenencia de cuotas), 5° (incorporando
a gerentes No socios a la Administración, representación legal y uso de la firma social), 6° (adecuando la cláusula
a la incorporación de gerentes no socios) 8° (Estableciendo que las ganancias y las pérdidas se distribuirán entre
los socios en proporción al capital integrado), 9° (Estableciendo las opciones para el caso de retiro, fallecimiento,
incapacidad ó interdicción de alguno de los socios) y suprimir la cláusula 11° (es reemplazada por la 9°).-
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 71 de fecha 02/08/2022 Reg. Nº 579
Gonzalo Cristian Porta - Matrícula: 3820 C.E.C.B.A.
e. 12/08/2022 N° 62120/22 v. 12/08/2022