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N° 2955/2020 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales viernes, 12 de agosto de 2022

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr.

FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días, de

lo dispuesto en la Sentencia de Nº 67, de fecha 30 de junio de 2022, en la causa FCT Nº 2955/2020/TO1, caratulada:

“CARVALHO ROSSINI, Maximiliano Ezequiel S/ Infracción Ley 23.737” –UNIPERSONAL- respecto de: CARVALHO

ROSSINI, MAXIMILIANO EZEQUIEL, D.N.I. N° 41.508.379, de nacionalidad Argentina, de 23 años, nacido en la

ciudad de Corrientes, capital, el 20 de octubre de 1998, soltero, instruido, mecánico de motos, con domicilio en calle

Mendoza N° 751 de la ciudad de Paso de los Libres, provincia de Corrientes; hijo de Moisés Carvalho Rossini y de

Silvana Robles; actualmente alojado en la sede de la Prefectura Naval Argentina “Paso de los Libres” (Corrientes)

con sede en la citada ciudad de la provincia de Corrientes. La que dispone: SENTENCIA - N° 67 Corrientes, 30 de

junio de 2022.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el acuerdo precedente: SE RESUELVE: 1º) DECLARAR

formalmente admisible la solicitud de aplicación del procedimiento de Juicio Abreviado formalizada por las partes.

2°) CONDENAR A MAXIMILIANO EZEQUIEL CARVALHO ROSSINI, D.N.I. Nº 41.508.379, ya filiado en autos, a

la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos seis mil ($ 6.000,00), la que debe hacerse efectiva en el

término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como coautor penalmente responsable del delito previsto

y reprimido por el artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737, en la modalidad “tenencia de estupefacientes con fines de

comercialización” (artículos 12, 40, 41 y 45 del Código Penal) con costas (artículos 530, 531 y 533 del C.P.P.N.). 3º)

… 4º) … 5º) … 6º) … 7°) REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo,

cursar las comunicaciones correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento, practicar por Secretaría el

Cómputo de Pena fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del C.P.P.N.); notificar al imputado con remisión

del testimonio de la presente Sentencia y oportunamente archivar. Fdo.: Dr. Fermín Amado Ceroleni – Juez de

Cámara - Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Corrientes – Ante Mí: Dr. José Alfredo Rach - Secretario - Tribunal

Oral en lo Criminal Federal – Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - Dr. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO

DE EJECUCION PENAL

e. 09/08/2022 N° 60910/22 v. 16/08/2022