N° 63321/22 Aviso del Boletín Oficial
RYC S.R.L.
Texto del aviso
RYC S.R.L.
CUIT 30-65690424-7.- Comunica que por Esc. 281 del 09/08/2022 por ante el registro 1792 de C.A.B.A. se
protocolizaron: I) Acta de Reunión de Socios del 08/05/2019 se resolvió: a) aumentar el capital social en la suma de
$ 499.500, elevando el mismo de $ 500 a $ 500.000, reformando en consecuencia el ART. 4° del contrato social el
cual quedará redactado: “El capital se fija en la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, dividido en CINCO MIL cuotas
de cien pesos valor nominal cada una y un voto por cuota”.- b) Reformar el ART. 5° del contrato social para que
se puedan designar Gerentes que no sean Socios, asignarle a la Gerencia un plazo de duración indeterminado
y adecuar las facultades y la garantía de los Gerentes a la normativa vigente.- c) Designar como Gerentes a:
Alejandro Guillermo NOBILE y María Susana ROSAS, quienes aceptan los cargos y fijan domicilio especial en
Amenabar 111, de C.A.B.A..- II) Acta de Reunión de Socios del 03/06/2022 se resolvió: Aceptar la renuncia al cargo
de gerente de María Susana ROSAS y designar en su reemplazo a Lucas Alejandro NOBILE, quien acepta el cargo
y fija domicilio especial en la sede social sita en la calle Amenabar 111, de C.A.B.A..- III) Acta de Reunión de socios
del 04/06/2022 se resolvió: a) Ratificar todo lo aprobado en la Reunión de Socios del 08/05/2019.- b) aumentar el
capital social en la suma de $ 25.000, elevando el mismo de $ 500.000 a $ 525.000, reformando en consecuencia
el ART. 4° del contrato social el cual quedará redactado: “ARTÍCULO CUARTO: El capital se fija en la suma de
QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS, dividido en CINCO MIL DOSCIENTAS CINCUENTA cuotas de cien pesos
valor nominal cada una y un voto por cuota”, el Capital de $ 525.000 queda suscripto e integrado, de acuerdo
con el siguiente detalle: Lucas Alejandro NOBILE 5.000 Cuotas = $ 500.000 y Maria Sol DAVENIA 250 Cuotas =
$ 25.000.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 281 de fecha 09/08/2022 Reg. Nº 1792
Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.
e. 17/08/2022 N° 63321/22 v. 17/08/2022