N° 63610/22 Aviso del Boletín Oficial
FAO AGROPECUARIA S.R.L.
Texto del aviso
FAO AGROPECUARIA S.R.L.
CUIT 30-70788373-8: Por escritura 28 del 09/08/2022 se protocolizo Actas de reunion de socios los socios de
fecha 09/08/2022 pasadas a fojas 52 y 56 del Libro de Actas 1 donde decidieron: 1.- aumentar el capital social
de PESOS TRES MIL a PESOS CIEN MIL ($ 100.000) mediante la emision y suscripcion de PESOS NOVENTA Y
SIETE MIL ($ 97.000) y emisión de 97.000 cuotas valor nominal$ 1 por cuota y de un voto por cuota.- La moción es
aprobada por UNANIMIDAD suscribiendo el señor Federico Alejandro de Oromi 48.500 cuotas sociales e integrando
$ 48.500 en dinero en efectivo y Maria Jose Guitart suscribio $ 48.500 cuotas de un un peso por cuota de un
voto por cuota, suscribiendo su totalidad en dinero en efectivo.- Con lo cual, cada uno de los socios procederá
a tener cincuenta mil cuotas sociales cada uno de un peso valor nominal cada uno y de un voto por cuota.- 2.-
Modificar las CLAUSULAS CUARTA Y QUINTA del contrato social en virtud de la donación de cuotas efectuada a
Exequiel Maria Gonzalez Guerrico: Las mismas quedan redactas de la siguiente forma: CUARTA: Capital social: El
capital es de PESOS CIEN MIL dividido en Cien Mil Cuotas de Un peso valor nominal cada una y de un voto por
cuota.- Los socios han suscripto e integrado en su totalidad en efectivo en las siguientes proporciones: Federico
Alejando de Oromi 47.500 cuotas, Maria Jose Guitart 47.500 cuotas y Exequiel Maria Gonzalez Guerrico 5.000
cuotas”.- QUINTA: ADMINISTRACION Y REPRESENTACIÓN: La Administración y representación de la sociedad
estará a cargo de tres GERENTES socios o no, debiendo alctuar uno cualesquiera ellos en forma indistinta y con
el cargo de gerentes por todo el termino de la sociedad.- En tal caracter tienen todas las facultades para realizar
los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social.- Mientras que la sociedad carezca de Organo
de Fiscalización deberá designarse por lo menos un Gerente Suplente.- Cuando la administración fuere plural,
las citaciones a reunión de la gerencia y la información sobre el temario deberá realizarse por medio fehaciente.-
También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso debera asegurarse su recepción.- Las reuniones
deberán realizarse en la sede social o en el lugar fuera de la misma, que designe pudiendo utilizarse medios que
permitan a los Gerentes comunicarse simultaneamente.- Las decisiones se adoptaran por mayoria absoluta.- Los
gerentes otorgarán a la sociedad una garantia por el ejercicio de su cargo al momento de aceptarlo.- El Gerente
Suplente otorgara una garantia semejante a partir del momento con que asuma el cargo en reemplazo de ungerente
titular cesante.- La garantía deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera
depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas, avales bancarios,
seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada
gerente; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social.
Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera,
las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de
prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. Dicho plazo se tendrá por observado si las previsiones
sobre tal indisponibilidad contemplan un término no menor de tres (3) años contados desde el cese gerente en el
desempeño de sus funciones. Gerente: Exequiel Maria GONZALEZ GUERRICO.- GERENTE SUPLENTE: Ramon
de OROMI, aceptaron el cargo y constituyeron domicilio especial en Uruguay 667 Piso 7 D CABA. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 28 de fecha 09/08/2022 Reg. Nº 1048
Carlos María de Nevares - Matrícula: 2399 C.E.C.B.A.
e. 18/08/2022 N° 63610/22 v. 18/08/2022