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N° 62852/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 26

Edictos Judiciales viernes, 19 de agosto de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 26

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 13, a cargo del Dr. Fernando J. Perillo, Secretaría n

26, a cargo del Dr. Julián Maidana, sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4º piso de esta Capital Federal, en los autos

COM 29279/2019 - “LA CANTORA S.R.L. s/QUIEBRA” comunica por cinco días que con fecha 04 de agosto de

2022 se decretó la quiebra de La Cantora SRL (CUIT 30-70326484-7) con domicilio en la calle Coronel Ramón

L. Falcón n° 6629 piso 4° dto. “B” esta Ciudad de Buenos Aires e inscripta en la I.G.J con fecha 2 de agosto de

1999, bajo el número 5859 del Libro 111 de Sociedades de Responsabilidad Limitada., siendo desinsaculado

como síndico el Cdor. Pedro Bernardo Passarini, con domicilio en la calle Pico 1671, piso 4°, depto. ”B”, C.A.B.A.,

teléfono n° (11) 6368-3492, domicilio electrónico 20050985319 y casilla de correo pedropassarini@hotmail.com,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.986 - Segunda Sección 146 Viernes 19 de agosto de 2022

ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos

(art. 32 L.C.Q) hasta el día 14.10.2022. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q los

días 28.11.2022 y 10.02.2023 respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico

los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada

con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la misma bajo apercibimiento

de considerarlos ineficaces. Asimismo, se intima al socio gerente de la fallida para que dentro del quinto día

cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta

obstructiva y de ocultamiento patrimonial, procediendo a iniciar las acciones legales pertinentes encaminada a

reconstruir patrimonialmente el activo de la falente. Deberá asimismo la deudora constituir, en el plazo de 48 hs.,

domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado y que cumplan en

lo pertinente con los requisitos del art. 86 segundo párrafo de la ley citada. El auto que ordena el presente dice:

“Buenos Aires, 04 de agosto de 2022- ...publíquense edictos por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial... Fdo. Fernando

J. Perillo. Juez”. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 del mes de agosto de 2022.- FDO. JULIAN

MAIDANA. SECRETARIO

FERNANDO J. PERILLO Juez - JULIAN MAIDANA SECRETARIO

e. 16/08/2022 N° 62852/22 v. 22/08/2022