N° 24/2000 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 61 - SECRETARÍA ÚNICA
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 61 - SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 61 de la Cap. Fed. a cargo de la Dra. María Marcela
Viano Carlomagno, Secretaría Única a cargo del Dr. Gonzalo Martín Álvarez, sito en Av. de los Inmigrantes 1950
piso 4º CABA, comunica por 2 días en el BOLETÍN OFICIAL en autos “CONS. PROP. FLORESTA c/ ASCARIZ
ANGEL HECTOR s/ EJECUCION DE EXPENSAS” Expte. nº 90630/2006, que el martillero Ricardo H. Grumberg
(ricardogrumberg@gmail.com 15-6830-8010 CUIT 23- 10901195-9) rematará en Jean Jaures 545 PB CABA, el
lunes 5 de septiembre de 2022 a las 10:30 en punto, en pública subasta judicial, el inmueble sito en Av. Kennedy
s/n°, Barrio El Cazador, Club Náutico Escobar (Náutico Escobar Country Club), Pdo. De Escobar, Pcia. de Bs.
As., a 12 km. de la estación y Pueblo de Escobar del FNBM, Nom. Catastral: Cir. XII; Sec. Rural; Parc. 2952s;
Unidad Funcional 366 políg. 00-366, matrícula n° 2/366; partida n° 065899-4; destino: “exclusivamente para
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.988 - Segunda Sección 68 Martes 23 de agosto de 2022
vivienda” (fs. 217); porcentual 70 cien milésimos fs. 223 y 228; sup. Cubierta 24,48m2, descubierta 499,67m2,
total 524,15m conforme título de prop. de fs. 385/397vta., y fs. 179vta./180 del reglamento de copropiedad de
fs. 130/245. Ad corpus, en el estado físico y jurídico en que se encuentra. Al contado y al mejor postor. Base
dólares estadounidenses SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS (U$S74.200); Seña 30%; Comisión 3%; sellado
1,2%; Arancel Ac. CSJN Nº 24/2000 art. 7º 0,25%; todo únicamente en dinero efectivo en el acto de la subasta.
Adeuda: Municipalidad $ 186.738,56 fs. 751/759, al 28/6/2019; ARBA $ 141.315,90 fs. 722/732, al 12/6/2019; Aguas
Bonaerenses S.A. (ABSA) no se encuentra dentro del área, fs. 405, al 18/2/2011 total de expensas de $ 4.561.658,53
fs 870. que incluye interés $ 2.594.512,83. En caso de no satisfacerse la deuda ejecutada con el producido de la
subasta, y el comprador debiera hacerse cargo del saldo de la misma, al adquirente en subasta el Consorcio actor,
le condona los intereses sobre el saldo de deuda de expensas impagas, al momento de la subasta. Conforme
constataciones del 10/12/2011 y 7/6/2014 la vivienda –edificada sobre un lote de unos 21,22m de frente por unos
24,70m de fondo aprox.– se encuentra ocupada, y consta en planta baja: de pórtico rodeando el frente, living
comedor, una habitación y un vestidor (o dos habitaciones), cocina, baño completo, patiecito, jardín con pileta de
natación, galería con parrilla, habitación de servicio con baño; y en planta alta: 2 habitaciones, baño completo, un
paso; techos de hormigón al descubierto y de paja en el exterior; en buen estado general, con detalles de fisuras
en paredes y deterioros en pintura. El comprador al suscribir el boleto deberá constituir domicilio dentro del radio
de la CABA; y depositar el saldo de precio en el Bco. de la Nación Arg., Suc. Tribunales, en la cuenta de autos y
a la orden del Tribunal, dentro de los 5 días de aprobado el remate, sin necesidad de requerimiento previo y bajo
el apercibimiento previsto por el art. 580 del Código Procesal. Autorízase al martillero a valerse del auxilio de la
fuerza pública si lo estimare necesario a fin de preservar el normal desarrollo del acto (conf. arts. 41, 133, 563, 564,
565, 566, 571, 575, 576, 577, 578 y 579, 580, 584 del Código citado y 234 del Reglamento para la Justicia Nacional
en lo Civil). Para concurrir previamente deberá inscribirse a través de la web del Alto Tribunal (www.csjn.gov.ar)
ingresando al link Oficina de Subastas - Tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado en
Jean Jaures 545 PB, CABA, con el formulario que indica dicho sitio. Conforme Cám. Civ. en pleno, “Servicios
Eficientes S.A. c.Yabra, Roberto I.”, 18/2/99, “No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las
deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión,
cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas. No cabe una solución análoga respecto de
las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512”. Exhibición: 30 y
31 de agosto, y 1 y 2 de septiembre, de 14:00 a 18:00.- MARIA MARCELA VIANO CARLOMAGNO Juez - GONZALO
ALVAREZ SECRETARIO
e. 23/08/2022 N° 64667/22 v. 24/08/2022