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N° 65492/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6

Edictos Judiciales martes, 23 de agosto de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6

El Juzgado Nac. de 1° Inst. en lo Comercial N° 3, a cargo del Dr. Jorge Silvio Sicoli, Sec.N° 6 a cargo del Dr.

Santiago Cappagli, sito en Av. Callao 635, Piso 6, CABA, informa por cinco días que en los autos caratulados:

“MAFFRA S.A. S/ QUIEBRA”, Expte. nro. (9090/2021), el 4 de agosto de 2022 se ha decretado la quiebra de

MAFFRA S.A. inscripta en el Registro Público de Comercio a cargo de la Inspección General de Justicia bajo el

Nro. 15712 del Libro 23 de Sociedades por Acciones, el 29 de octubre de 2003, CUIT 30-70855177-1, con domicilio

en la calle Suipacha 1067, Piso 6, de CABA. La síndica designada es la Ctdra. María Inés Strusberg con domicilio

en Av. Córdoba 1367, Piso 9, Of. 43°, CABA, quien recibirá las verificaciones de crédito hasta el día 19 de octubre

de 2022 a la dirección de email inesstrusberg@hotmail.com, el informe Art. 35 de la LCQ se presentará el día 02

de diciembre de 2022 y el informe Art. 39 de la LCQ el día 16 de febrero de 2023. Se hace saber que de manera

excepcional, y sin perjuicio del protocolo dispuesto, los interesados que así lo soliciten, podrán concordar día y

hora para asistir presencialmente a dejar o presentar sus insinuaciones conforme lo establece el art. 32 de la LCQ

al domicilio legal de la sindicatura. Se intima a la fallida y a terceros para que dentro del quinto día, entreguen o

pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes de la deudora. Se prohíbe hacer pagos a la fallida, los

que serán ineficaces. Se intima a la fallida para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos previstos

en art. 86 LCQ y para que dentro de las 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación

relacionada con la contabilidad y para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en la jurisdicción del Juzgado,

bajo apercibimiento de notificar las sucesivas resoluciones en los términos del art. 133 CPCC. Se libra el presente,

sin previo pago (art. 273, inc. 8 LCQ). Buenos Aires, 19 de agosto de 2022. Fdo. Santiago Cappagli. Secretario.

JORGE S. SICOLI Juez - SANTIAGO CAPPAGLI SECRETARIO

e. 23/08/2022 N° 65492/22 v. 29/08/2022