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N° 66783/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 23

Edictos Judiciales lunes, 29 de agosto de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 23

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 12 a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaría

N° 23 a cargo de la Dra. María Agustina Boyajian Rivas, sito en M. T. de Alvear 1840 P.B. CABA, comunica por

cinco días que en los autos caratulados “AADB S.R.L. s/QUIEBRA” Expte. 11933/2021 con fecha 5 de agosto de

2022 se decretó la quiebra de AADB S.R.L. CUIT 30715964224, inscripta en la Inspección General de Justicia bajo

nº3028 del Libro 154 de S.R.L. Se fija hasta el día 14/10/2022 para que los acreedores soliciten la verificación de

sus créditos ante la Sindicatura designada contadora NOELIA ERICA MELIAN con domicilio en la calle YERBAL

426 Piso 1 dpto. “A” CABA, teléfono 1144646073, mail meliannoelia@hotmail.com.ar. Los acreedores deberán

presentar las peticiones de verificación cumpliendo el protocolo establecido en la resolución de fecha 05/08/2022

publicada en la web del PJN (http://scw.pjn.gov.ar/). A fin de que los acreedores transfieran el monto del arancel

del Art. 32 se informa cuenta a nombre de la sindicatura abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires CBU

N° 0290058210000000409811 CUIT 27234706875. Los informes previstos por el art. 35 y 39 LCQ deberán ser

presentados hasta los días 07/12/2022 y 23/02/2023 respectivamente. Intímese a la fallida para que dentro de las

48 horas de notificada constituya domicilio en el lugar de tramitación del proceso, bajo apercibimiento de tenerlo

por constituido en los estrados del Juzgado, y asimismo a cumplir con los arts. 86 y 106 L.C., deberá el fallido

poner todos sus bienes a disposición de la sindicatura, entregarle los libros y demás documentación comercial.

Asimismo, intímase a los terceros para que entreguen al síndico los bienes de la fallida. Prohíbase realizar pagos

y entregar bienes a la fallida, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. En Buenos Aires, 25 de agosto de

2022. HERNÁN DIEGO PAPA Juez - MARÍA AGUSTINA BOYAJIAN RIVAS SECRETARIA

e. 26/08/2022 N° 66783/22 v. 01/09/2022