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N° 69911/22 Aviso del Boletín Oficial

GO GLOBAL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 7 de septiembre de 2022

Texto del aviso

GO GLOBAL S.R.L.

CUIT: 30-71130237-5. Por Reunión de Socios de fecha 16/02/2022, se decidió: modificar el artículo sexto del

estatuto social que quedo redactado en los siguientes términos: “ARTICULO SEXTO: Administración: La

administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más GERENTES, socios

o no, quienes actuaran en forma individual o indistinta por termino indeterminado. Podrían designarse uno o

más suplentes. El gerente deberá ser exclusivamente profesional con el título habilitante vigente necesario para

brindar los servicios cuya prestación se organiza mediante la constitución de la presente Sociedad. En este

acto los socios acuerdan designar como gerente por tiempo indeterminado a la Srta. María Gabriela Reselló

constituyendo domicilio especial en la sede social. En tal carácter el gerente tendrá todas las facultades para

obligar a la Sociedad en todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Pudiendo realizar

todos los actos y contratos que se vinculen con él, la adquisición de bienes muebles, inmuebles, contratación de

préstamos, la constitución de derechos reales de garantía, la presentación en licitaciones públicas y privadas, el

otorgamiento de poderes, la intervención en actuaciones ante todos los bancos oficiales y privados. Y a efectos de

dar cumplimiento con el objeto social, el órgano de administración podrá aceptar y otorgar licencias, franquicias

y representaciones, constituir fondos de comercio independientes con activos existentes acordándoles la forma

jurídica que mejor convenga. Constituir y/o administrar fideicomisos, constituirse en beneficiaria de fideicomisos,

emitir obligaciones, otorgar créditos, contraer empréstitos, librar, aceptar y endosar documentos y celebrar todo

género de operaciones con entidades bancarias y financieras, oficiales o privadas, nacionales o extranjeras, que

no requieran autorización de acuerdo a la Ley de Entidades Financieras. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por

este Estatuto. La presente enunciación no es limitativa ni taxativa.” Autorizado según instrumento privado Reunion

de Socios de fecha 16/02/2022

FEDERICO VALCARCE - T°: 88 F°: 692 C.P.A.C.F.

e. 07/09/2022 N° 69911/22 v. 07/09/2022