N° 70137/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7 - SECRETARÍA NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7 - SECRETARÍA NRO. 14
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secre¬taría N° 14, notifica a Rosmery MAMANI BELTRÁN (D.N.I.
N° 95.207.562) y Miguel Ángel CUNALATA CUNALATA (D.N.I. N° 94.190.390) que con fecha 23/08/2022, en la causa
N° CPE 385/2021 (7676), caratulada: “N.N. S/INFRACCIÓN LEY 22.415 EN TENTATIVA”, se resolvió SOBRESEER
TOTALMENTE a Miguel Ángel CUNALATA CUNALATA (D.N.I. N° 94.190.390) y a Rosmery MAMANI BELTRÁN
(D.N.I. N° 95.207.562), por el hecho que se les imputara, por no encuadrar el mismo en una figura legal (artículo
336, inciso 3°, del C.P.P.N.); HACER EXPRESA MENCIÓN que la formación del mencionado proceso no encuadra
en una figura legal (artículo 336, “in fine”, del C.P.P.N.).III. REMITIR testimonios de las presentes actuaciones a la
Dirección General de Aduanas, en los términos del considerando 13° de la presente.; PONER A DISPOSICIÓN
de la Dirección General de Aduanas la mercadería incautada en autos (Acta Lote N° 21622ALOT000129G), a las
resultas del sumario infraccional que deberá sustanciarse por la presunta infracción aduanera; Y SIN COSTAS (Art.
530 y cctes. del C.P.P.N.).A tales efectos, deberán publicarse edictos por un día.-
Como recaudo legal se transcriben los autos que así lo ordenan: “Buenos Aires, 5 de septiembre de 2.022. … atento
al resultado infructuoso de las notificaciones practicadas a fs. 96/105, notifíquese a Miguel Ángel CUNALATA
CUNALATA (D.N.I. N° 94.190.390) y a Rosemary MAMANI BELTRAN (D.N.I. N° 95.207.562) del pronunciamiento de
fs. 86/89 mediante publicación de edictos por el término de un día. FDO: JUAN P. GALVÁN GREENWAY – JUEZ,
ANTE MÍ: María Inés CARBAJALES, SECRETARIA”. “Buenos Aires, 23 de agosto de 2022. AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa N° CPE 385/2021 (7676), caratulada “N.N. S/INFRACCIÓN LEY 22.415 EN
TENTATIVA”, del registro de la Secretaría N° 14, de este Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, a mi cargo.
Y CONSIDERANDO: …RESUELVO: I. SOBRESEER TOTALMENTE a Miguel Ángel CUNALATA CUNALATA (D.N.I.
N° 94.190.390) y a Rosmery MAMANI BELTRÁN (D.N.I. N° 95.207.562), por el hecho al cual se hizo mención por
el considerando 1° de la presente, no encuadra en una figura legal (artículo 336, inciso 3°, del C.P.P.N.).II. HACER
EXPRESA MENCIÓN que la formación del presente proceso, con relación al hecho mencionado por el punto anterior,
no afecta el bueno nombre y honor del cual gozaren los nombrados (artículo 336, “in fine”, del C.P.P.N.).III. REMITIR
testimonios de las presentes actuaciones a la Dirección General de Aduanas, en los términos del considerando 13°
de la presente. IV. PONER A DISPOSICIÓN de la Dirección General de Aduanas la mercadería incautada en autos
(Acta Lote N° 21622ALOT000129G), a las resultas del sumario infraccional que deberá sustanciarse por la presunta
infracción aduanera. V. SIN COSTAS (Art. 530 y cctes. del C.P.P.N.) Regístrese, protocolícese, notifíquese. Firme
que sea, comuníquese al Registro acional de Reincidencia y remítanse los testimonios ordenados a la A.F.I.P./
D.G.A. mediante oficio de estilo. Fecho, archívese. FDO: JUAN P. GALVÁN GREENWAY – JUEZ, ANTE MÍ: María
Inés CARBAJALES, SECRETARIA”
Buenos Aires, 6 de septiembre de 2022.
JUAN P. GALVAN GREENWAY Juez - MARIA INES CARBAJALES SECRETARIA
e. 07/09/2022 N° 70137/22 v. 07/09/2022