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N° 70746/22 Aviso del Boletín Oficial

ARENERA PUERTO NUEVO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 8 de septiembre de 2022

Texto del aviso

ARENERA PUERTO NUEVO S.A.

CUIT 30-50692835-0 Se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 23/05/2022,

por decisión de la mayoría, se RESOLVIO i) elegir directorio Presidente Oscar Luis Ricchetti Director Titular Héctor

Miguel Vlastelica. Los directores fijan domicilio especial conforme Art. 256 Ley 19.550 en Calle 13 718 Dársena

F Puerto Bs As CABA. ii) cambiar el domicilio social a Calle 13 718 Dársena F Puerto Bs As CABA. iii) Aumentar

el capital social de la Cía. de $ 12.000 a $ 7.935.164 mediante la emisión 7.923.164 nuevas acciones de $ 1 de

valor nominal c/u, con derecho a un voto por acción, todo ello en acciones y respetando en un todo el derecho

de preferencia y la participación accionaría de cada accionista registrado. iv) Martin J Castrillo suscribe 507.082,

Mariana Castrillo suscribe 507.743, Carlos V. Castrillo suscribe 507.082, Juan C. Santana suscribe 618.007, María

Gabriela Ricchetti suscribe 759.304, Fideicomiso de Adm. de acciones Don Carlos suscribe 868.907, Susana

Santarelli suscribe 759.964, Sucesión Esteban Marín suscribe 1.257.802, Luciano Daniel Ricchetti suscribe

759.303, Guillermo Oscar Ricchetti suscribe 759.303 y Alicia Margarita Santana suscribe 618.667. Las acciones

se encuentran íntegramente integradas. v) Reformar del estatuto social a) Art. 4 El CAPITAL SOCIAL es de

PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO, representado

por un 7.935.164 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de Un Peso ($ 1.-) valor nominal cada una y

con derecho a un voto por acción El capital puede ser aumentado al quíntuplo por asamblea ordinaria, en los

términos del artículo 188 de la Ley 19.550. b) Art. 7 La sociedad será administrada por el directorio compuesto

de 1 a 5 miembros titulares, cuyo número será establecido por la asamblea que los elija, la cual podrá también

elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su elección. Esta

designación deberá ser obligatoria mientras la Sociedad prescinda de la sindicatura. El término del mandato de

los directores será de tres ejercicios y durarán eventualmente hasta la asamblea que los reemplace o los reelija,

en las condiciones de este artículo. Los directores podrán ser reelectos indefinidamente. Los directores titulares

deberán constituir una garantía conforme al artículo 256 de la ley 19.550 a favor de la sociedad, por el plazo que

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.000 - Segunda Sección 6 Jueves 8 de septiembre de 2022

dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra.

El monto y las modalidades de la garantía deben ser las que fijen las normas de la Inspección General de Justicia.

El costo deberá ser soportado por el director. Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda

nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en

fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma. Autorizado según

instrumento privado Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 23/05/2022

Maria Sofia Viviani - T°: 111 F°: 294 C.P.A.C.F.

e. 08/09/2022 N° 70746/22 v. 08/09/2022