N° 70747/22 Aviso del Boletín Oficial
ARENERA VENDAVAL S.A.
Texto del aviso
ARENERA VENDAVAL S.A.
CUIT 30-50695186-7 Se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 23/05/2022,
por decisión de la mayoría, se RESOLVIO i) elegir directorio Presidente Guillermo Ricchetti Director Titular Gabriela
Alejandra Marin. Los directores fijan domicilio especial conforme Art. 256 Ley 19.550 en Calle 13 718 Dársena F
Puerto Bs As CABA. ii) cambiar el domicilio social a Calle 13 718 Dársena F Puerto Bs As CABA. iii) Aumentar el
capital social de la Cía. de $ 15.000 a $ 1.000.000 mediante la emisión de 985.000 nuevas acciones de $ 1 de
valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, todo ello en acciones liberadas y respetando en un
todo el derecho de preferencia y la participación accionaría de cada accionista registrado. iv) Martin J Castrillo
suscribe 63.106, Mariana Castrillo suscribe 63.106, Carlos V Castrillo suscribe 63.106, Juan C. Santana suscribe
76.830, María Gabriela Ricchetti suscribe 94.429, Fideicomiso de Adm. de acciones Don Carlos suscribe 107.956,
Susana Santarelli suscribe 94.494, Sucesión Esteban Marín suscribe 156.417, Luciano Daniel Ricchetti suscribe
94.363, Guillermo Oscar Ricchetti suscribe 94.363 y Alicia Margarita Santana suscribe 76.830. Las acciones se
encuentran íntegramente integradas. v) Reformar del estatuto social a) Art. 4 El CAPITAL SOCIAL es de PESOS UN
MILLON, representado por un 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de Un Peso ($ 1.-) valor
nominal cada una y con derecho a un voto por acción El capital puede ser aumentado al quíntuplo por asamblea
ordinaria, en los términos del artículo 188 de la Ley 19.550. b) Art. 7 La sociedad será administrada por el directorio
compuesto de 1 a 5 miembros titulares, cuyo número será establecido por la asamblea que los elija, la cual
podrá también elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su
elección. Esta designación deberá ser obligatoria mientras la Sociedad prescinda de la sindicatura. El término del
mandato de los directores será de tres ejercicios y durarán eventualmente hasta la asamblea que los reemplace o
los reelija, en las condiciones de este artículo. Los directores podrán ser reelectos indefinidamente. Los directores
titulares deberán constituir una garantía conforme al artículo 256 de la ley 19.550 a favor de la sociedad, por el
plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en
su contra. El monto y las modalidades de la garantía deben ser las que fijen las normas de la Inspección General
de Justicia. El costo deberá ser soportado por el director. Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de
moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o
en fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma. Autorizado según
instrumento privado Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 23/05/2022
Maria Sofia Viviani - T°: 111 F°: 294 C.P.A.C.F.
e. 08/09/2022 N° 70747/22 v. 08/09/2022