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N° 72041/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 9

Edictos Judiciales miércoles, 14 de septiembre de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 9

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 5 a cargo de la Dra. María Soledad Casazza, Secretaría

N° 9 a cargo del Dr. Pablo Omar Almide, sito en Avda. Roque Sáenz Peña 1211, Piso 8°, CABA, comunica por

cinco días que con fecha 29 de agosto del 2022 en el Exp. Nro. 9189/2021 caratulado “HORUS GOURMET SRL

s/QUIEBRA” se decretó la quiebra de “HORUS GOURMET S.R.L.” inscripta en la IGJ con fecha -23.12.2013 bajo

el N°: 12996 del Libro 142 tomo: - de: Sociedades por Responsabilidad Limitada, CUIT: 30-71436828-8 con sede

social en Avenida de los Incas 4985, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se designó como sindico al

contador GUSTAVO RUBEN GAGO con domicilio en, Pareja 3702, CABA CBU: 2990069706910265900017 correo

electrónico: gustavorgago@ hotmail.com. Se fija el plazo hasta el día 11.11.22 para que los acreedores soliciten la

verificación de sus créditos ante la Sindicatura (bajo procedimiento mixto conforme la modalidad y protocolo de

actuación fijado en la providencia de fecha 26.04.22 de público acceso en el expediente). El plazo para formular

impugnaciones de los créditos ante la sindicatura vence el 30.11.22. La providencia que prescribe el art. 36 de la LCQ

será dictada el 17/02/23. El síndico presentará el informe individual de créditos previsto por el art. 35 de la L.C.Q. el

día 03.02.23 y el informe previsto en el art. 39 de la LCQ el día 21.03.23. Los interesados podrán observar la fecha

inicial del estado de cesación de pagos hasta el 05.05.23. Intímese a la fallida y a los terceros que entreguen al

síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada

con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de

considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en las presentes

actuaciones, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado (art. 88 inc. 7° LCQ). Debe

ser librado sin previo pago conforme lo dispuesto en el art. 273 inc 8) LCQ.

Buenos Aires, 12 de septiembre del 2022.

Fdo. PABLO OMAR ALMIDE. SECRETARIO MARIA SOLEDAD CASAZZA Juez - PABLO OMAR ALMIDE

SECRETARIO

e. 13/09/2022 N° 72041/22 v. 19/09/2022