N° 72041/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 9
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 9
El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 5 a cargo de la Dra. María Soledad Casazza, Secretaría
N° 9 a cargo del Dr. Pablo Omar Almide, sito en Avda. Roque Sáenz Peña 1211, Piso 8°, CABA, comunica por
cinco días que con fecha 29 de agosto del 2022 en el Exp. Nro. 9189/2021 caratulado “HORUS GOURMET SRL
s/QUIEBRA” se decretó la quiebra de “HORUS GOURMET S.R.L.” inscripta en la IGJ con fecha -23.12.2013 bajo
el N°: 12996 del Libro 142 tomo: - de: Sociedades por Responsabilidad Limitada, CUIT: 30-71436828-8 con sede
social en Avenida de los Incas 4985, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se designó como sindico al
contador GUSTAVO RUBEN GAGO con domicilio en, Pareja 3702, CABA CBU: 2990069706910265900017 correo
electrónico: gustavorgago@ hotmail.com. Se fija el plazo hasta el día 11.11.22 para que los acreedores soliciten la
verificación de sus créditos ante la Sindicatura (bajo procedimiento mixto conforme la modalidad y protocolo de
actuación fijado en la providencia de fecha 26.04.22 de público acceso en el expediente). El plazo para formular
impugnaciones de los créditos ante la sindicatura vence el 30.11.22. La providencia que prescribe el art. 36 de la LCQ
será dictada el 17/02/23. El síndico presentará el informe individual de créditos previsto por el art. 35 de la L.C.Q. el
día 03.02.23 y el informe previsto en el art. 39 de la LCQ el día 21.03.23. Los interesados podrán observar la fecha
inicial del estado de cesación de pagos hasta el 05.05.23. Intímese a la fallida y a los terceros que entreguen al
síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada
con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de
considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en las presentes
actuaciones, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado (art. 88 inc. 7° LCQ). Debe
ser librado sin previo pago conforme lo dispuesto en el art. 273 inc 8) LCQ.
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.007 - Segunda Sección 102 Lunes 19 de septiembre de 2022
Buenos Aires, 12 de septiembre del 2022.
Fdo. PABLO OMAR ALMIDE. SECRETARIO MARIA SOLEDAD CASAZZA Juez - PABLO OMAR ALMIDE
SECRETARIO
e. 13/09/2022 N° 72041/22 v. 19/09/2022