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N° 5965/63 Aviso del Boletín Oficial

LOGISTICA LA SERENISIMA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 19 de septiembre de 2022

Texto del aviso

LOGISTICA LA SERENISIMA S.A.

CUIT 30-70721038-5 Comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria 12/07/2022 se resolvió

reformar el Estatuto Social de la Sociedad, incorporando el artículo Tercero Bis y reformar el artículo décimo del

Estatuto Social conforme se detalla a continuación: “ARTÍCULO TERCERO BIS: En el desarrollo de las actividades

descritas en el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico procurará generar un impacto

material, social y ambiental, en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta”

(…) ARTÍCULO DÉCIMO: Los Directores titulares están obligados a prestar garantía a favor de la Sociedad, la que

podrá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades

financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o

de responsabilidad civil a favor de la misma, o cualquier otra modalidad que prevean las normas aplicables, las

que deberán ser otorgadas conforme lo disponga la normativa vigente. El Directorio tiene todas las facultades para

administrar y disponer de los bienes de la Sociedad, estando facultado incluso para realizar aquellos actos para

las cuales la ley requiere poderes especiales o facultades expresas conforme al artículo 375 del Código Civil y

Comercial de la Nación y artículo 9° del Decreto-Ley N° 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de

la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con los

Bancos de la Nación Argentina, de la Provincia de Buenos Aires, de la Ciudad de Buenos Aires, Hipotecario S.A. y

demás instituciones de crédito oficiales o privadas dentro y/o fuera del país; establecer agencias, sucursales u otra

especie de representación dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes de toda índole, generales

y/o especiales, judiciales –inclusive para querellar criminalmente- y/o extrajudiciales con el objeto y extensión que

juzgue conveniente, y revocarlos total o parcialmente. La representación legal de la sociedad corresponde al

Presidente del Directorio, o al Vicepresidente en caso de ausencia o vacancia en el cargo. En el desempeño de

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.007 - Segunda Sección 11 Lunes 19 de septiembre de 2022

su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas

decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) la Sociedad, (ii) sus accionistas, (iii) empleados y (iv)

los clientes, proveedores y otras partes vinculadas a la Sociedad. Asimismo, deberán velar por la protección del

ambiente. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores sólo podrá ser exigible por

los accionistas y la Sociedad. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 12/07/2022

XIMENA NOGUEROL - T°: 130 F°: 27 C.P.A.C.F.

e. 19/09/2022 N° 74026/22 v. 19/09/2022