N° 5965/63 Aviso del Boletín Oficial
LOGISTICA LA SERENISIMA S.A.
Texto del aviso
LOGISTICA LA SERENISIMA S.A.
CUIT 30-70721038-5 Comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria 12/07/2022 se resolvió
reformar el Estatuto Social de la Sociedad, incorporando el artículo Tercero Bis y reformar el artículo décimo del
Estatuto Social conforme se detalla a continuación: “ARTÍCULO TERCERO BIS: En el desarrollo de las actividades
descritas en el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico procurará generar un impacto
material, social y ambiental, en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta”
(…) ARTÍCULO DÉCIMO: Los Directores titulares están obligados a prestar garantía a favor de la Sociedad, la que
podrá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades
financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o
de responsabilidad civil a favor de la misma, o cualquier otra modalidad que prevean las normas aplicables, las
que deberán ser otorgadas conforme lo disponga la normativa vigente. El Directorio tiene todas las facultades para
administrar y disponer de los bienes de la Sociedad, estando facultado incluso para realizar aquellos actos para
las cuales la ley requiere poderes especiales o facultades expresas conforme al artículo 375 del Código Civil y
Comercial de la Nación y artículo 9° del Decreto-Ley N° 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de
la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con los
Bancos de la Nación Argentina, de la Provincia de Buenos Aires, de la Ciudad de Buenos Aires, Hipotecario S.A. y
demás instituciones de crédito oficiales o privadas dentro y/o fuera del país; establecer agencias, sucursales u otra
especie de representación dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes de toda índole, generales
y/o especiales, judiciales –inclusive para querellar criminalmente- y/o extrajudiciales con el objeto y extensión que
juzgue conveniente, y revocarlos total o parcialmente. La representación legal de la sociedad corresponde al
Presidente del Directorio, o al Vicepresidente en caso de ausencia o vacancia en el cargo. En el desempeño de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.007 - Segunda Sección 11 Lunes 19 de septiembre de 2022
su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas
decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) la Sociedad, (ii) sus accionistas, (iii) empleados y (iv)
los clientes, proveedores y otras partes vinculadas a la Sociedad. Asimismo, deberán velar por la protección del
ambiente. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores sólo podrá ser exigible por
los accionistas y la Sociedad. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 12/07/2022
XIMENA NOGUEROL - T°: 130 F°: 27 C.P.A.C.F.
e. 19/09/2022 N° 74026/22 v. 19/09/2022