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N° 75162/22 Aviso del Boletín Oficial

FUNDACION PARA LA PROMOCION DE MICROEMPRENDIMIENTOS

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES miércoles, 21 de septiembre de 2022

Texto del aviso

FUNDACION PARA LA PROMOCION DE MICROEMPRENDIMIENTOS

Sede social: Paraguay 580, piso 3º C.A.B.A. Representante legal: Enrique V. del Carril. D.N.I. 7.593.338. Hace saber

que por Acta de Patronato elevada a escritura pública N° 2351 del 31 de agosto de 2022 a cargo del notario de

Madrid Iñigo Casla Uriarte, se ha resuelto cancelar sin liquidación por inactividad la inscripción de la representación

argentina de la “FUNDACION PARA LA PROMOCION DE MICROEMPRENDIMENTIOS”, la cual fuera inscripta en

la Inspección General de Justicia el 28/06/2018 por Resolución IGJ Número J001228. Los miembros del Patronato

de la Fundación, señores José Javier Brey Sanchez, Anselmo Andrade Fernández de Mesa y Felipe Benjumea

de Porres resolvieron por unanimidad atento la inactividad de la representación de la Fundación en la República

Argentina desde su inscripción, proceder a cerrar la misma y cancelar su inscripción en la República Argentina.

Los miembros del Patronato declaran y reconocen, con carácter de declaración jurada, que desde su inscripción

la representación permanente: no ha tenido actividad alguna; no es titular de bienes registrables en la República

Argentina; que no se han remitido a la misma fondos o recursos; que no cuenta con libros rubricados, que no

realizó operaciones de ninguna clase, como así también que no se efectuaron inscripciones y/o presentaciones

de ninguna especie a los fines de ningún régimen tributario o de contribuciones a la seguridad social que pudiera

ser aplicable ni, en general, ninguna otra invocando la existencia de la Fundación del exterior a los fines de su

actuación en la República y que la Fundación matriz no se halla emplazada en juicio por operaciones atribuidas

a la sucursal o representación. Los miembros del Patronato asumen expresa responsabilidad ilimitada y solidaria

-con renuncia, respecto de los socios, a invocar el régimen de responsabilidad y, si lo hubiere, beneficio de

excusión - por las eventuales obligaciones que pudieran existir. No implica reforma de Estatuto. Autorizado según

instrumento privado Acta Patronato de fecha 23/08/2022

Ana Llorente - T°: 72 F°: 219 C.P.A.C.F.

e. 21/09/2022 N° 75162/22 v. 21/09/2022