N° 56/2020 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de
Corrientes, Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de
cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 2, de fecha 29 junio de 2022, en la causa Nº 56/2020 caratulada:
“ALCARAZ, JOSE LUIS – PERICHON, CRISTINA LIBRADA – PERROTA, ANDREA ESTEFANÍA Y OTROS S/INF.
LEY 23737”, respecto de: MIRYAM NOEMÍ GARCÍA DNI N° 24.144.958, sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad:
argentina, nacida en Goya el 25 de diciembre de 1974, domiciliada en Barrio Los Chacales S/N de Goya, Provincia
de Corrientes; pasando la ruta 12, casi a dos cuadras de la ruta para adentro; no sabe leer y escribir, Nivel de
instrucción: hasta cuarto grado, de profesión u ocupación: ama de casa, Hija de Francisco García (v) y de Dora
Ester Espíndola (f).; la que dispone: S E N T E N C I A- Corrientes, 29 de junio de 2022. N° 66 - Por los fundamentos
esgrimidos precedentemente, el Tribunal RESUELVE: 1º) DECLARAR formalmente admisible el Juicio Abreviado
(art. 431 bis CPPN); 2º) … 3°) CONDENAR a MIRYAM NOEMÍ GARCÍA DNI N° 24.144.958 ya filiada en autos, a la
pena de cuatro (04) años de prisión y multa de pesos siete mil ($ 7.000), la que deberá hacerse efectiva dentro del
término de treinta días de quedar firme la sentencia, por habérsela hallado autora penalmente responsable del
delito de “Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización” previsto y reprimido por el artículo 5º inciso
c) de la Ley 23737, más accesorias y costas legales (artículos 12, 40, 41 y 45 del Código Penal y artículos 530, 531,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.017 - Segunda Sección 54 Lunes 3 de octubre de 2022
533 y 535 del CPPN); 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º) … 11º) … 12°) COMUNICAR lo aquí resuelto en la
forma dispuesta por la CSJN por Acordada Nº 5/19. 13º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las
demás comunicaciones correspondientes y, una vez firme la presente, practicar por secretaría los cómputos de
pena correspondientes, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y RESERVAR en la Secretaría.
-Firmado por: VICTOR ALONSO GONZALEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: FERMIN AMADO CEROLENI, JUEZ
DE CAMARA Firmado por: JOSE ALFREDO RACH, SECRETARIO DE JUZGADO Firmado por: MANUEL ALBERTO
JESUS MOREIRA, JUEZ DE CAMARA Dr. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - Dr. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO
DE EJECUCION PENAL
e. 03/10/2022 N° 79127/22 v. 11/10/2022