N° 79376/22 Aviso del Boletín Oficial
GESTION DE PRESTAMOS Y COBRANZAS S.A.
Texto del aviso
GESTION DE PRESTAMOS Y COBRANZAS S.A.
CUIT 33-71504351-9. Por escritura 191 del 22/9/2022 ante la esc. María Cecilia Koundukdjian, titular del Registro
2000, se reformaron los Artículos 3º, 10º y 11º del Estatuto social, se incorporó el Artículo 16º, se reenumera Ron
los Artículos 16º y 17º, como 17º y 18º, y se aprobó el Texto Ordenado: ARTÍCULO 3° - La Sociedad tiene por objeto
realizar por cuenta propia y/o de terceros, directamente y/o asociada a terceros, dentro del país y/o en el extranjero,
las siguientes actividades: I) Servicio de call center y/o de atención al cliente y al público en general, para la gestión
de cobros, recupero de mora y/o acreencias judiciales y/o extrajudiciales, la realización de ventas, publicidades,
promociones y/o encuestas por cualquier tipo de medio de comunicación y/o red social. Al efecto de optimizar
la atención al cliente, la sociedad podrá prestar servicios integrales relativos a la tecnología de la información
(TI), incluida la consultoría informática y de sistemas, desarrollo de software, gestión de redes sociales, soporte
técnico de sistemas, instalación de hardware y comunicaciones de forma presencial y remota y de servicios de
robotización y automatización de procesos y tareas, investigación de mercado, marketing, procesamiento y/o
relevamiento de datos, y su análisis. II) Otorgamiento, administración y cobranza de microcréditos, de préstamos a
personas humanas y/o jurídicas, con garantía o sin ella; la adquisición, venta y gestión de activos; la concertación
de operaciones de afianzamiento financiero, comercial o de otro tipo, incluyendo, el otorgamiento de avales, fianzas
y/u otras garantías reales o no, tendientes a asegurar y garantizar obligaciones de la Sociedad o de terceros, la
realización de operaciones con títulos públicos y/o privados. La Sociedad podrá recurrir al mercado de capitales
a través de cualquiera de sus instrumentos. Se exceptúan las operaciones previstas por la Ley 21.526 u otras que
requieran el concurso del ahorro público. Se excluyen las actividades comprendidas en las leyes 20.488 y 23.187.
Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada
por medio de éstos. Firmado: María Cecilia Koundukdjian. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 191 de
fecha 22/09/2022 Reg. Nº 2000
Maria Cecilia Koundukdjian - Matrícula: 4852 C.E.C.B.A.
e. 04/10/2022 N° 79376/22 v. 04/10/2022