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N° 79562/22 Aviso del Boletín Oficial

KRIDLA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 4 de octubre de 2022

Texto del aviso

KRIDLA S.A.

Por Escritura Pública Nº 449 del 3/10/2022, pasada al folio 1669 del Registro Notarial Nº 1521 de C.A.B.A. ante

el Escribano Emilio Merovich, se constituyó la sociedad KRIDLA S.A.: 1) Accionistas: (i) Javier Enrique Patrón,

argentino, casado, nacido el 15/05/1962, DNI 17.423.577, CUIT 20-17423577-6, Abogado, domicilio real en

Boulogne Sur Mer 1430, Barrio Pacheco Golf Lote 196, Pacheco, Tigre, Provincia de Buenos Aires; (ii) Santiago

Carregal, argentino, casado, nacido el 25/10/1960, DNI 14.062.395, CUIT 20-14062395-5, Abogado, domicilio real

en Avellaneda 2515, Barrio Los Miraflores, San Isidro, Provincia de Buenos Aires. 2) Fecha de instrumento de

constitución: 3/10/2022; 3) Denominación social: KRIDLA S.A.; 4) Sede social: Humboldt 1550, Piso 3, Oficina

313, C.A.B.A.; 5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto, por cuenta propia o ajena, en forma independiente

o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, actuar como fiduciaria en los términos de la Ley

N° 24.441 de todo tipo de fideicomisos en los términos de la Ley N° 24..441, y, en consecuencia, la adquisición

de dominios fiduciarios, la administración de bienes fideicomitidos, el cumplimiento de los mandatos de los

fiduciantes, la enajenación de los bienes fideicomitidos, el ejercicio de representaciones, mandatos o depósitos

fiduciarios de todo tipo, administrando y disponiendo de las acciones y/o cuotas sociales y demás derechos

y/o bienes que compongan los respectivo fideicomisos a crearse para los distintos objetos y finalidades de

acuerdo con las normas de creación de cada contrato de fideicomiso. Para el mejor cumplimiento de su objeto, la

sociedad podrá realizar toda clase de negocios o transacciones comerciales, industriales, financieras, bancarias,

inmobiliarias, mobiliarias, actos jurídicos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de

la sociedad, sin más limitaciones que las establecidas por el presente estatuto y leyes en vigor. A tales fines la

sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos

que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Queda expresamente establecido que, en cualquiera

de los casos indicados, la Sociedad no podrán llevar a cabo las actividades previstas por la Ley de Entidades

Financieras y sus modificatorias, o que implique operaciones que requieran el concurso del ahorro público, o

que requieran para su prestación servicios profesionales que requieran título habilitante extendida a personas

humanas; 6) Plazo de duración: 30 años desde su inscripción en el Registro Público; 7) Capital social: $ 300.000,

representado por 300.000 acciones escriturales ordinarias de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un

voto por acción. Javier Enrique Patrón suscribe 150.000 acciones (50%) y Santiago Carregal suscribe 150.000

acciones (50%); 8) Administración: Presidente: Santiago Carregal; Director Suplente: Javier Enrique Patrón. Los

Directores designados aceptaron el cargo y constituyeron domicilio especial en Av. Leandro N. Alem 882, Piso 13,

C.A.B.A.; 10) Fiscalización: La Sociedad prescinde de la sindicatura en virtud de lo dispuesto en el artículo 284 de

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.018 - Segunda Sección 8 Martes 4 de octubre de 2022

la Ley General de Sociedades Nº 19.550; 11) Representación Legal: La representación legal y el uso de la firma

social corresponden al Presidente del Directorio; en caso de ausencia, impedimento o incapacidad del Presidente,

corresponderá al Vicepresidente. Faltando también el Vicepresidente, dichas funciones serán ejercidas por dos

Directores que designe el Directorio por el tiempo limitado que dure la ausencia del Presidente y Vicepresidente;

12) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 449

de fecha 03/10/2022 Reg. Nº 1521

Diego Daniel Di Leonforte - T°: 127 F°: 426 C.P.A.C.F.

e. 04/10/2022 N° 79562/22 v. 04/10/2022