N° 80614/22 Aviso del Boletín Oficial
REAL STEEL S.R.L.
Texto del aviso
REAL STEEL S.R.L.
CONSTITUCION. ESCRITURA 162 del 04.10.2022. Diego Martín SALVATORE, 29.06.1974, dni: 23859982,
soltero, Perito Moreno 498 Barrio San Lucas Village, UF 17 Escobar Prov. Bs. As., 1000 CUOTAS y Lucas Matías
SALVATORE, 13.02.1980, dni: 28041971, casado, Perito Moreno 498 Barrio San Lucas Village UF 111 Escobar
Prov. Bs. As., 1000 CUOTAS, AMBOS argentinos, empresarios. 1) 30 años. 2) I) ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO
INMOBILIARIO: a) adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante
su urbanización, programación, promoción, venta lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o
industriales que resulten de la edificación; b) el desarrollo de construcciones, parcelamientos o urbanizaciones
en bienes propios o de terceros, ya fuere para planes de vivienda, locales comerciales o industriales o inmuebles
destinados a la renta locativa; c) La promoción, constitución y asociación con empresas o sociedades que
tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz. II) INMOBILIARIAS: compra,
venta, permuta, alquiler, arrendamiento de inmuebles, inclusive las comprendidas dentro del régimen de la ley de
propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento
y posterior loteos de parcelas y su posterior venta, como la de las unidades resultantes del régimen del Código
Civil y Comercial de la Nación, urbanización, fideicomisos, barrios cerrados, clubes de campo, explotación de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.020 - Segunda Sección 21 Jueves 6 de octubre de 2022
parques industriales y/o comerciales, pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias
de terceros y realizar todas las demás operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes de subdivisión
suelo. Prestación de servicios de mantenimiento de inmuebles, sea de exteriores, como de interiores, jardinería,
decoración, amoblamiento y limpieza, y asesoramiento técnico al respecto.- III) FINANCIERA: a) realizar actividades
financieras y/o contratos financieros, pudiendo prestar o recibir dinero, con o sin garantías, sea en instituciones
bancarias, financieras, empresas públicas o privadas o particulares; b) asimismo podrá dedicarse a la compra,
venta y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito,
con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras; c) celebrar contratos de
fideicomiso en términos de lo dispuesto por el Código Civil y Comercial y normas concordantes y/o en aquellas
normas que la modifiquen, complementen o sustituyan, pudiendo celebrar cualquiera de los tipos contratos de
fideicomiso amparados por la legislación vigente actual y/o futura, revistiendo la calidad de fiduciante, fiduciaria,
beneficiaria y/o fideicomisaria; IV) ADMINISTRACIÓN FIDUCIARIA: a) realizar en carácter de Fiduciaria todos los
actos ya de administración ya de disposición que surjan habilitados de los diferentes contratos de Fideicomisos
que suscriba en el futuro ya con empresas ya con particulares pudiendo realizar y ejecutar de toda clase de
negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad inmueble tales como:
financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad
horizontal u propiedad horizontal especial; b) compraventa de materiales para la construcción y de insumos para el
mantenimiento de inmuebles; c) la adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios
e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las
obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción; d) realizar la
administración y venta de lotes, parcelas y edificaciones; e) asociarse con terceros para el desarrollo y ejecución
de programas de urbanización, parcelación o construcción; f) asociarse con terceros para la ejecución de obras
o para la realización de proyectos específicos, bien sea bajo la modalidad de consorcios, uniones temporales
o cualquier otro tipo de asociación o participación; g) subcontratar obras o parte de ellas, h) administración de
consorcios de copropietarios, de clubes de campo y de barrios cerrados y de todo tipo de urbanizaciones. 3)
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), dividido en 2.000 (dos mil) cuotas de $ 100 (pesos cien) de valor nominal
cada una y con derecho a un voto cada una. 4) un Gerente, socio o no. 5) cierre de ejercicio fiscal, inventario y
balance general el 31 de agosto de cada año. GERENTE: Lucas Matías Salvatore y/o a Diego Martín Salvatore,
para que cualesquiera de ellos en forma indistinta y por separado representen a la sociedad, quienes ACEPTAN el
cargo conferido y constituyen domicilio especial en SEDE SOCIAL: Santa Fe 1385, Piso 6 CABA. Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 162 de fecha 04/10/2022 Reg. Nº 398
JOSE DOMINGO MANGONE - Habilitado D.N.R.O. N° 2678
e. 06/10/2022 N° 80614/22 v. 06/10/2022