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N° 56/2020 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales jueves, 6 de octubre de 2022

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de

Corrientes, Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de

cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 2, de fecha 29 junio de 2022, en la causa Nº 56/2020 caratulada:

“ALCARAZ, JOSE LUIS – PERICHON, CRISTINA LIBRADA – PERROTA, ANDREA ESTEFANÍA Y OTROS S/INF.

LEY 23737”, respecto de: MIRYAM NOEMÍ GARCÍA DNI N° 24.144.958, sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad:

argentina, nacida en Goya el 25 de diciembre de 1974, domiciliada en Barrio Los Chacales S/N de Goya, Provincia

de Corrientes; pasando la ruta 12, casi a dos cuadras de la ruta para adentro; no sabe leer y escribir, Nivel de

instrucción: hasta cuarto grado, de profesión u ocupación: ama de casa, Hija de Francisco García (v) y de Dora

Ester Espíndola (f).; la que dispone: S E N T E N C I A- Corrientes, 29 de junio de 2022. N° 66 - Por los fundamentos

esgrimidos precedentemente, el Tribunal RESUELVE: 1º) DECLARAR formalmente admisible el Juicio Abreviado

(art. 431 bis CPPN); 2º) … 3°) CONDENAR a MIRYAM NOEMÍ GARCÍA DNI N° 24.144.958 ya filiada en autos, a la

pena de cuatro (04) años de prisión y multa de pesos siete mil ($ 7.000), la que deberá hacerse efectiva dentro del

término de treinta días de quedar firme la sentencia, por habérsela hallado autora penalmente responsable del

delito de “Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización” previsto y reprimido por el artículo 5º inciso

c) de la Ley 23737, más accesorias y costas legales (artículos 12, 40, 41 y 45 del Código Penal y artículos 530, 531,

533 y 535 del CPPN); 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º) … 11º) … 12°) COMUNICAR lo aquí resuelto en la

forma dispuesta por la CSJN por Acordada Nº 5/19. 13º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las

demás comunicaciones correspondientes y, una vez firme la presente, practicar por secretaría los cómputos de

pena correspondientes, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y RESERVAR en la Secretaría.

-Firmado por: VICTOR ALONSO GONZALEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: FERMIN AMADO CEROLENI, JUEZ

DE CAMARA Firmado por: JOSE ALFREDO RACH, SECRETARIO DE JUZGADO Firmado por: MANUEL ALBERTO

JESUS MOREIRA, JUEZ DE CAMARA Dr. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - Dr. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO

DE EJECUCION PENAL

e. 03/10/2022 N° 79127/22 v. 11/10/2022