N° 82115/22 Aviso del Boletín Oficial
FEAPA S.A.
Texto del aviso
FEAPA S.A.
30-71645603-6 Por Asamblea del 21/09/2022, reforma artículo 3: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta
propia o de terceros o asociada a terceros y/o en participación y/o en comisión, en cualquier punto de la República
o del extranjero las siguientes actividades: A) FIDUCIARIA: Mediante la celebración de contratos de Fideicomiso
en cualquiera de las modalidades permitidas por la normativa vigente y ser parte de los mismos como fiduciante,
fiduciaria, beneficiaria o fideicomisaria. B) MANDATARIA: Mediante mandatos, representaciones, comisiones,
consignaciones, intermediaciones, leasing, franchising, fideicomisos, mandatos, representaciones, y administración
en general con la mayor amplitud de conformidad con las disposiciones en vigor, relacionados directamente con
el objeto social. C) FINANCIERA: Mediante la realización de operaciones financieras y de inversión relacionados
directamente con el objeto social. Para el caso que así lo requiera, la sociedad contratará profesionales con título
habilitante. La sociedad no responderá con sus propios bienes por las obligaciones contraídas en virtud de un
contrato de fideicomiso y para la ejecución del mismo; tales obligaciones serán satisfechas exclusivamente con los
bienes fideicomitidos, en los términos del artículo 1685 del Código Civil y Comercial de la Nación. Se excluyen las
actividades comprendidas en la Ley de Entidades financieras o que requieran el concurso del ahorro público. D)
INMOBILIARIA: compra, venta, alquiler, permuta, leasing, administración, explotación y subdivisión de inmuebles,
urbanos y rurales, propios o de terceros; realización de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento
y posterior loteo de parcelas. A tales efectos, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer todos los actos propios de la misma, que se relacionen directa o indirectamente
con el objeto social. La sociedad se dedicará asimismo a la compraventa, el alquiler, instalación, mantenimiento,
reparación, transporte y explotación, esto último, ya sea por arrendamiento o por canon, de toda clase de
maquinaria agrícola o industrial quedando comprendidas expresamente todo tipo de furgonetas, carretillas, grúas
y afines, y en general toda clase de maquinaria, tanto de tracción mecánica como de remolque y de elevación, así
como de piezas de recambio y accesorios, incluyendo la realización de todos los demás actos que respecto a los
expresados, tengan el carácter de accesorios, complementarios o preparatorios. Autorizado según instrumento
privado Acta de Asamblea de fecha 21/09/2022
Laura Petruzzello - T°: 121 F°: 691 C.P.A.C.F.
e. 13/10/2022 N° 82115/22 v. 13/10/2022