N° 12977/2020 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 40
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 40
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, a cargo del Dr. Eduardo E. Malde, Secretaría Nº 40,
a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4º de Capital Federal, comunica por CINCO DIAS en los autos
“MERAKI S.A. S/QUIEBRA” (Expte N° 12977/2020), que el 27/9/2022 se decretó la quiebra de Meraki S.A.(CUIT 30-
71508281-7), en la cual ha sido designado síndico el contador JUAN IGNACIO BERGAGLIO, con domicilio en Lavalle
1.675 Piso 5º Of. “11” CABA (Tel.: 4372-3792 y (0221) 15-463-1409) y domicilio electrónico CUIT 23-26811641-9,
ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.023 - Segunda Sección 113 Jueves 13 de octubre de 2022
sus créditos hasta el día el 23/11/2022, enviando los mismos por correo electrónico a: ignaciobergaglio@gmail.com
o, en su caso, mediante presentación digital en el expediente en la plataforma web del PJN y bajo la modalidad
dispuesta en los apartados a) y b) del decreto de quiebra de fecha 27/9/2022. El arancel previsto en el art. 32 LCQ
deberá abonarse por transferencia a la cuenta identificada con CBU 0340206308206018100008 de titularidad de
BERGAGLIO JUAN IGNACIO (CUIT 23-26811641-9). El informe individual del síndico deberá presentarse el día
8 de febrero 2023, y general el día 27 de marzo del 2023 (art. 35 y 39 de la citada ley). Se intima a la fallida y a
terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más
apta para que dicho funcionario tome inmediata y segura posesión de los mismos. Prohíbase a los terceros hacer
pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intimase a la fallida para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en
esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. Se libra el presente,
sin previo pago (art. 273, inc. 8 LC). Buenos Aires, 06 de octubre de 2022. Eduardo E. Malde Juez - Guillermo M.
Pesaresi Secretario
e. 12/10/2022 N° 81499/22 v. 18/10/2022