N° 78362/22 Aviso del Boletín Oficial
TOWNING S.A.
Texto del aviso
TOWNING S.A.
Complementario del publicado el 30/09/2022 N° 78362/22.Por escritura pública 168 del 12/10/22 se modificó
el objeto social y se reformó artículo cuarto de la siguiente forma: “ARTICULO CUARTO: La sociedad tiene por
objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, mediante contratación directa o por
medio de licitaciones públicas o privadas, dentro y fuera del país a las siguientes actividades: CONSTRUCTORA:
Podrá realizar la construcción en general de obras de ingeniería civiles, sean públicas o privadas, en inmuebles
urbanos o rurales y redes viales.Realización de obras eléctricas, tendido de redes e instalaciones sanitaria, de
comunicaciones, de climatizaciones, electromecánicas, eléctricas y toda obra de alta o baja tensión; reparación de
obras; instalaciones domiciliarias de gas y electricidad. Realizar la construcción por cuenta propia o de terceros,
así como su mantenimiento, de complejos habitacionales, casas, habitaciones y edificios del régimen de propiedad
horizontal ley 13.512. La sociedad podrá dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo de
obras públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones del estado nacional, los estados
provinciales, las comunas y las empresas estatales o entes descentralizados o autónomos.- INMOBILIARIA:
Mediante la compra y venta, arrendamiento de inmuebles urbanos o rurales, subdivisión y urbanización de
tierras, incluso bajo el régimen de Propiedad Horizontal. Organizar, desarrollar, promover y vender clubes de
campo, country clubes, barrios residenciales, condominios, complejos habitacionales, realización de tareas de
intermediación, administración de inmuebles propios o de terceros, incluso de consorcios de copropietarios,
ejecución de desarrollos inmobiliarios, leasing, fideicomisos y realizar toda actividad conexa, derivada o análoga
que directamente se vincule a este objeto. En su caso promover la financiación de todas las operaciones
concertando las condiciones financieras necesarias preservando no realizar ninguno de aquellos actos limitados
a las entidades financieras regidas por Ley 21.526.- Todas las actividades que asi lo requieran, serán llevadas
a cabo por profesionales con título habilitante.- A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos, transacciones o contratos requeridos para el
cumplimiento del objeto social.- “ Autorizado según instrumento público Esc. Nº 168 de fecha 12/10/2022 Reg.
Nº 1270
ANTONELLA BELEN COSENTINO - Matrícula: 5618 C.E.C.B.A.
e. 13/10/2022 N° 82126/22 v. 13/10/2022