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N° 5962/2007 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Edictos Judiciales viernes, 14 de octubre de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL NRO. 2 - SECRETARÍA NRO. 4

EDICTO

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 2, a cargo del doctor

Esteban Carlos Furnari, Secretaría Nº 4 a mi cargo, sito en la calle Tucumán 1381 Piso 3º, de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en autos caratulados 17279/2008 MALTESE LUCIA ALEJANDRA Y OTRO c/ GCBA Y OTRO

s/DAÑOS Y PERJUICIOS”, que tramitan ante este Juzgado, notifica al Sr. Raúl Alcides Villareal la sentencia

dictada el 6 de septiembre de 2022. Se transcribe auto: “Buenos Aires, 29 de septiembre de 2022.-. Agréguese

la cédula librada por Secretaría al Sr. Villareal al domicilio denunciado. Atento a que la misma fue devuelta con

resultado negativo, y lo dispuesto en causas análogas a la presente (ver causa Nº 5962/2007 “Rodríguez María

Cielo-Ex Lobeto Mabel c/ EN - M° Interior - PFA - Superintendencia de Bomberos y Otro s/Daños y Perjuicios”;

Nº 29421/2007 “Gelbart Claudia Carola c/ EN - M° Interior - PFA - Superintendencia de Bomberos y Otro s/

Daños y Perjuicios”; Nº 21210/2007 “Rodríguez Víctor Hugo y otro c/ EN - M° Interior – PFA - Superintendencia de

Bomberos y Otro s/Daños y Perjuicios”, entre otras), a los fines de notificar la sentencia dictada por este Tribunal

al Sr. Raúl Alcides Villareal, publíquese la parte dispositiva de la misma por el plazo de dos (2) días en el Boletín

Oficial. Se hace saber que la publicación será en forma gratuita, toda vez que se encuentra iniciado el Beneficio de

Litigar sin Gastos N° 28.728/2008 “Maltese Lucia Alejandra y otro c/ EN - M° Justicia - PFA y otro s/ Beneficio de

Litigar sin Gastos”. Hágase saber que el texto íntegro de la sentencia aludida podrá ser consultado en el apartado

“Consulta de Expedientes” de la página www.pjn.gov.ar. Firmado ESTEBAN CARLOS FURNARI. Juez Federal”. Se

transcribe parte dispositiva de la sentencia: “Buenos Aires, 6 de septiembre de 2022… FALLO: 1º) Rechazando

la excepción de falta de legitimación pasiva deducida por el Estado Nacional. 2º) Haciendo parcialmente lugar a

la demanda interpuesta por Lucía Maltese y Silvio Maltese, con el alcance indicado en el considerando XI de la

presente. 3º) Condenando solidariamente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; el Estado Nacional; Raúl

Alcides VILLARREAL; Patricio SANTOS FONTANET, Juan CARBONE, Elio Rodrigo DELGADO, Cristian TORREJON,

Eduardo Arturo VAZQUEZ y Daniel Horacio CARDELL; con costas. En caso de que el accionante persiga el cobro

de las sumas reconocidas al Estado Nacional, en tanto el crédito de que aquí se trata no se encuentra alcanzado

por la consolidación de deudas dispuesta por la ley nº 25.344, éste se regirá por lo establecido en el art. 22 de la

ley nº 23.982. Si el actor optase por reclamar el crédito al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo se

regirá por lo establecido en los arts. 395 y ss. del respectivo Código Contencioso Administrativo y Tributario de

la Ciudad de Buenos Aires (ley 189). En caso de que se persiga el cobro de las sumas reconocidas al resto de los

vencidos, el trámite se regirá por el art. 499 y ss. CPCCN. Regístrese, notifíquese y, oportunamente, archívese.

Firmado ESTEBAN CARLOS FURNARI. Juez Federal”

Buenos Aires,…….…..de octubre de 2022

MARIANO TOZZI, Secretario Federal.

Esteban Carlos Furnari Juez - Mariano Tozzi Secretario Federal

e. 14/10/2022 N° 82210/22 v. 17/10/2022