N° 81973/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29
En atención al acuerdo conciliatorio arribado en los autos “ADDUC c/Banco Santander Argentina S.A. s/Ordinario”
(Expte. 27.880/2011), en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 15, a cargo del
Dr. Máximo Astorga, Secretaría 29, a mi cargo, Banco Santander Argentina S.A. (como adquirente de la cartera
minorista de la sucursal de Citibank NA establecida en la República Argentina) informa que abonará la suma única y
definitiva por todo concepto de $ 900, a cada uno de los clientes y ex clientes tomadores de préstamos personales
oportunamente otorgados por la sucursal de Citibank NA establecida en la República Argentina, a quienes se les
hubiera cobrado la comisión por “Gastos de Otorgamiento” durante el periodo comprendido entre el 23/9/2008
y el 30/9/2013 (ambos inclusive) y cuyos haberes se hubieran acreditado en cuentas abiertas en dicha entidad al
tiempo del desembolso del préstamo. Dicha suma devengará en cada caso intereses que se calcularán según la
tasa activa del BNA desde la fecha de presentación del acuerdo (12/11/21) hasta la de su efectivo pago o puesta
a disposición. Los usuarios que actualmente sean clientes de Banco Santander Argentina S.A. verán reflejada
la acreditación en el resumen de su cuenta a la vista en pesos, dentro de los 60 días corridos siguientes a la
homologación firme (17/02/22). A los usuarios que hayan dejado de ser clientes se les acreditará dicho importe en
una cuenta a la vista en pesos que posean activa en el sistema financiero dentro de los 70 días corridos siguientes
a la homologación firme (17/02/22). Los usuarios que hayan dejado de ser clientes y no tengan una cuenta a la
vista en pesos activa en el sistema financiero (o por cualquier circunstancia no hubieran podido recibir allí sus
respectivos importes) podrán presentarse con su DNI, durante el término de 1 año contado a partir de la fecha
de esta publicación, en cualquier sucursal del Banco Santander Argentina S.A. de todo el país, donde -previas
verificaciones de rigor- se les efectuará el pago en efectivo. Los usuarios que no deseen estar comprendidos en el
presente acuerdo podrán manifestar su voluntad de apartarse de la solución adoptada en los términos del art. 54
de la Ley 24.240, a través de una nota a presentar ante el juzgado interviniente. El texto del acuerdo y la sentencia
homologatoria podrán ser consultados en las páginas www.santander.com.ar/banco/online/personas y en www.
adduc.org.ar. Para ser publicado en forma “destacada” y “escalonada”, es decir no en días corridos, siendo uno
de ellos el día domingo en el “Boletín Oficial” por el término de 5 días. MAXIMO ASTORGA Juez - ANA PAULA
FERRARA SECRETARIA
e. 13/10/2022 N° 81973/22 v. 19/10/2022