N° 84012/22 Aviso del Boletín Oficial
REMITEE S.A.
Texto del aviso
REMITEE S.A.
REMITEE SA CUIT 33-71550424-9. Por Asamblea Extraordinaria del 26/07/2022 se modificó el Art. 8 y 12 del
Estatuto, quedando redactado: ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración de la sociedad está a cargo de
un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de
nueve. En caso de prescindencia de sindicatura, la Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número
que los titulares quienes reemplazarán a los titulares en el orden de designación. Los Directores designados, sean
titulares o suplentes, durarán tres ejercicios en su cargo y deberán permanecer en su cargo hasta tanto sean
reemplazados. En el caso de existir pluralidad de titulares, la Asamblea o en su defecto el Directorio en su primera
reunión, designará un Presidente y un Vicepresidente quién reemplazará al Presidente en caso de ausencia o
impedimento. El Directorio funciona con mayoría absoluta de sus miembros ya sea que estos se encuentren
presentes o comunicados entre sí por medios de transmisión que permita (i) la comunicación simultánea entre
ellos de audio y video; (ii) la libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; (iii) en caso de contar con
sindicatura o comisión fiscalizadora, la participación de todos los miembros y del órgano de fiscalización; (iv) la
reunión celebrada de este modo será grabada en soporte digital; (v) la reunión será transcripta en el correspondiente
libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron de manera presencial y de manera
remota y estarán suscriptas por el Presidente y/o por el Vicepresidente; (vi) en la convocatoria y en su comunicación
por la vía legal y estatutaria correspondiente, se informará cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el
modo de acceso a los efectos de permitir dicha participación. El Directorio resuelve por mayoría de votos tanto
presentes. En caso de empate en las decisiones corresponderá que se adopte la decisión desempatada por el
Presidente del Directorio. El Directorio se reunirá cada tres meses o cuando se solicite reunión conforme a las
disposiciones legales vigentes. La Asamblea fijará la remuneración del Directorio.” “Artículo Décimo Segundo: las
Asambleas serán convocadas de conformidad con las disposiciones de los Art. 236 y 237 de la Ley 19.550. Podrán
ser citadas en primera y en segunda convocatoria para el mismo día con una hora mínima de diferencia entre
ambas convocatorias. Las Asambleas podrán celebrarse a distancia siempre que se los presentes puedan estar
comunicados entre sí por medios de transmisión que permitan (i) la comunicación simultánea entre ellos de audio
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.027 - Segunda Sección 15 Miércoles 19 de octubre de 2022
y video; (ii) la libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; (iii) en caso de contar con sindicatura
o comisión fiscalizadora, la participación de todos los miembros y del órgano de fiscalización; (iv) la reunión
celebrada de este modo será grabada en soporte digital; (v) la reunión será transcripta en el correspondiente libro
social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron de manera presencial y de manera remota
y estarán suscriptas por el Presidente y/o por el Vicepresidente; (vi) en la convocatoria y en su comunicación por la
vía legal y estatutaria correspondiente, se informará cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo
de acceso a los efectos de permitir dicha participación. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha
26/07/2022 Micaela Gimena Buonomo - T°: 112 F°:542 C.P.A.C.F. Autorizado según instrumento privado acta de
asamblea ordinaria y extraordinaria autoconvocada de fecha 26/07/2022
Micaela Gimena Buonomo - T°: 112 F°: 542 C.P.A.C.F.
e. 19/10/2022 N° 84012/22 v. 19/10/2022