W20 Argentina W20Argentina

N° 81035/22 Aviso del Boletín Oficial

GRACIELA MEDINA ABOGADOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 21 de octubre de 2022

Texto del aviso

GRACIELA MEDINA ABOGADOS S.R.L.

Edicto complementario del publicado con fecha 11/10/2022 bajo N° 81035/22. Modificación de contrato social. Por

instrumento privado del 19/10/2022 se modificó el artículo tercero del contrato social, el cual quedo redactado de

la siguiente manera:

“TERCERO: La sociedad tiene por objeto proveer a sus socios de la estructura material y empresarial necesaria

para que los mismos en forma coordinada o individual puedan ejercer las incumbencias profesionales que autoriza

la ley a los abogados. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar todas las actividades vinculadas

y relacionadas con la profesión de abogado que faciliten o permitan su mejor ejercicio. Los profesionales actuarán

bajo su propia responsabilidad conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen el ejercicio de la profesión.

Para ser socio se requiere poseer el título habilitante de abogado y encontrarse inscripto en la matrícula que lleva el

Colegio de Abogados de la Capital Federal o el colegio de la jurisdicción en la que se actúe. A efectos de cumplir

con sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para efectuar todas las operaciones, actividades, actos y

contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, inclusive los previstos por el artículo 375

y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. La sociedad podrá ser representante de organizaciones

nacionales o internacionales que desarrollen actividades relativas a su área de incumbencia, afiliarse, asociarse o

participar en ellas, así como formar agrupaciones ad-hoc de colaboración empresarial, o uniones transitorias de

empresas. Sin perjuicio del tipo social adoptado, se deja constancia que los socios se mantendrán ilimitadamente

responsables exclusivamente con relación a las obligaciones asumidas en el ejercicio de la profesión de abogacía”.

Autorizado según instrumento privado Contrato Social de fecha 21/09/2022

Santiago José Michel - T°: 90 F°: 873 C.P.A.C.F.

e. 21/10/2022 N° 84992/22 v. 21/10/2022