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N° 85285/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

Edictos Judiciales lunes, 24 de octubre de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

EDICTO BOLETIN OFICIAL DE LA NACION - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 21, a cargo

del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría nº 42, a cargo del Dr. Guillermo Carreira González, sito en Marcelo T. de

Alvear 1840, 3er. Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que en los autos “ODONTOLOGIA

DEL PLATA S.A. s/ QUIEBRA” COM 17216/2021 con CUIT N° 30-70727232-1, con domicilio social inscripto en Av.

Santa Fé 2.844 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 3 de octubre de 2022 se ha decretado la quiebra

de Odontología del Plata SA, siendo el síndico actuante el contador LEONARDO LUIS LEOPOLDO SCHIFANI WOLF

con domicilio en la calle Montevideo 711, 6to. Piso, Dpto. “11” (tel: 1140420513). Los acreedores deberán presentar

los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 28/02/2023, los pretensos acreedores con asistencia letrada

deberán canalizar sus insinuaciones ante el síndico por vía remota en el incidente de consulta “ODONTOLOGÍA

DEL PLATA SA. s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE CONSULTA” (Expte. N° COM 17216/2021/1), debiendo en la tal caso

omitir incluso la presentación de la documentación en formato papel, sin perjuicio de que la misma pudiera serle

requerida por el síndico o el Juzgado en la eventualidad de estimarlo menester, y que una vez superada la pandemia

sean citados a efectos de intervenir el soporte documental. Además se ha de requerir a los mismos que identifiquen

en el cuerpo del escrito firmado por el insinuante, la descripción detallada de todos los adjuntos acompañados,

así como la documentación fundante de su pretensión, y el comprobante del pago del arancel, y como título del

escrito deberán indicar “SOLICITUD DE VERIFICACIÓN” acompañado del apellido del pretenso acreedor. La carga

deberá realizarse conforme lo dispuesto por la Ac. 4/20 y Ac. 31/20, pudiendo solo en la eventualidad de optar por

la vía presencial el requerir turno al efecto al mail a la sindicatura dando cuenta de la presentación realizada. Diversa

es la situación de los acreedores que carezcan de asistencia o colaboración de un profesional de la matrícula, por

cuanto en tal eventualidad deberán concurrir personalmente o concretar la insinuación a través de un tercero a

quien autoricen al efecto, el cual deberá ser debidamente identificado, y presentar su documento de identidad para

corroborar su condición. En cuanto a la modalidad del comparendo, necesariamente habrá de ser concretada cita

en forma previa al mail de la sindicatura; y una vez concedida deberá apersonarse el individuo habilitado a través

del pedido, y acatar el protocolo establecido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que le habrá

de ser remitido a su casilla junto con la asignación de día y hora para presentarse munido de la documentación

y demás presupuestos inherentes a la solicitud de verificación a la luz de lo estatuido por el art. 32LCQ. Se hace

saber que la dirección de email de la sindicatura es: leonardoschifani@gmail.com. Se prohíbe a los terceros realizar

pagos a la fallida, caso contrario serán ineficaces. Asimismo, se intima a la fallida, sus administradores y a quienes

tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura. Deberá la fallida, dentro de

las veinticuatro horas, entregar a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con su

contabilidad. Intímase a la fallida para que constituya domicilio dentro del radio del Juzgado en el plazo de 48 horas,

bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 20 de Octubre de 2022.

GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO

e. 24/10/2022 N° 85285/22 v. 28/10/2022