N° 85285/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42
EDICTO BOLETIN OFICIAL DE LA NACION - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 21, a cargo
del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría nº 42, a cargo del Dr. Guillermo Carreira González, sito en Marcelo T. de
Alvear 1840, 3er. Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que en los autos “ODONTOLOGIA
DEL PLATA S.A. s/ QUIEBRA” COM 17216/2021 con CUIT N° 30-70727232-1, con domicilio social inscripto en Av.
Santa Fé 2.844 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 3 de octubre de 2022 se ha decretado la quiebra
de Odontología del Plata SA, siendo el síndico actuante el contador LEONARDO LUIS LEOPOLDO SCHIFANI WOLF
con domicilio en la calle Montevideo 711, 6to. Piso, Dpto. “11” (tel: 1140420513). Los acreedores deberán presentar
los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 28/02/2023, los pretensos acreedores con asistencia letrada
deberán canalizar sus insinuaciones ante el síndico por vía remota en el incidente de consulta “ODONTOLOGÍA
DEL PLATA SA. s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE CONSULTA” (Expte. N° COM 17216/2021/1), debiendo en la tal caso
omitir incluso la presentación de la documentación en formato papel, sin perjuicio de que la misma pudiera serle
requerida por el síndico o el Juzgado en la eventualidad de estimarlo menester, y que una vez superada la pandemia
sean citados a efectos de intervenir el soporte documental. Además se ha de requerir a los mismos que identifiquen
en el cuerpo del escrito firmado por el insinuante, la descripción detallada de todos los adjuntos acompañados,
así como la documentación fundante de su pretensión, y el comprobante del pago del arancel, y como título del
escrito deberán indicar “SOLICITUD DE VERIFICACIÓN” acompañado del apellido del pretenso acreedor. La carga
deberá realizarse conforme lo dispuesto por la Ac. 4/20 y Ac. 31/20, pudiendo solo en la eventualidad de optar por
la vía presencial el requerir turno al efecto al mail a la sindicatura dando cuenta de la presentación realizada. Diversa
es la situación de los acreedores que carezcan de asistencia o colaboración de un profesional de la matrícula, por
cuanto en tal eventualidad deberán concurrir personalmente o concretar la insinuación a través de un tercero a
quien autoricen al efecto, el cual deberá ser debidamente identificado, y presentar su documento de identidad para
corroborar su condición. En cuanto a la modalidad del comparendo, necesariamente habrá de ser concretada cita
en forma previa al mail de la sindicatura; y una vez concedida deberá apersonarse el individuo habilitado a través
del pedido, y acatar el protocolo establecido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que le habrá
de ser remitido a su casilla junto con la asignación de día y hora para presentarse munido de la documentación
y demás presupuestos inherentes a la solicitud de verificación a la luz de lo estatuido por el art. 32LCQ. Se hace
saber que la dirección de email de la sindicatura es: leonardoschifani@gmail.com. Se prohíbe a los terceros realizar
pagos a la fallida, caso contrario serán ineficaces. Asimismo, se intima a la fallida, sus administradores y a quienes
tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura. Deberá la fallida, dentro de
las veinticuatro horas, entregar a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con su
contabilidad. Intímase a la fallida para que constituya domicilio dentro del radio del Juzgado en el plazo de 48 horas,
bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 20 de Octubre de 2022.
GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO
e. 24/10/2022 N° 85285/22 v. 28/10/2022