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N° 85957/22 Aviso del Boletín Oficial

IN TRADE CAPITAL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 25 de octubre de 2022

Texto del aviso

IN TRADE CAPITAL S.R.L.

30-71742415-4. Por Reunión de Socios del 12/10/2022: Se amplió el Objeto Social, reformando Art. 3 de Estatuto: A)

Consultoría: Prestación de servicios por cuenta propia, asociada a terceros o mediante la adscripción prepaga a la

sociedad, de Asesoramiento integral y consultoría empresaria en materia comercial, financiera, técnica y contable,

a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, para la organización y administración de empresas. Los

servicios de asesoramiento o de consultoría podrán desarrollarse en cualquier sector del comercio nacional o

internacional y enunciativamente, podrán adoptar todas y cualquiera de las siguientes modalidades: administración

de contratos, estudio e instrumentación de sistemas internos de control de gestión y/o control de calidad, estudio e

implementación de sistemas informáticos, relevamiento de datos, análisis e interpretación de datos, realización de

estudios de mercado, estudio y asesoría en la implementación de sistemas operativos generales, asesoramiento

contable, económico y financiero, informático proyectos de inversión internacional, nacional, municipal, provincial,

regional y sectorial, capacitación en las distintas ramas relacionadas con el objeto social. B) Representación de

empresas: Mediante la representación, legal, comercial, financiera, o técnica de empresas del exterior, a través

de mandato y/o contratos de distribución o franquicias, de cualquier sector del comercio nacional o internacional,

compra, venta, distribución y/o licencia en general de los productos o derechos de las empresas representadas.

C) Financiera: Realizar toda clase de operaciones en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera

el concurso y/o ahorro público, pudiendo prestar o recibir dinero, con o sin garantías, ya sea en instituciones

bancarias, financieras, empresas públicas o privadas o particulares; asimismo podrá dedicarse a la compra, venta,

permuta, y negociación de toda clase de títulos, acciones, debentures, valores y papeles de crédito; tomar y

otorgar créditos, podrá realizar inversiones o aportes de capitales a personas humanas y/o personas jurídicas

constituidas o a constituirse; construcción o transferencia de hipotecas u otros derechos reales; podrá brindar

financiamiento de operaciones realizadas con motivo del desarrollo del objeto social y celebrar contratos de

fideicomiso en términos de lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación, normas concordantes y/o

en aquellas normas que la modifiquen, complementen o sustituyan, pudiendo celebrar cualquiera de los tipos de

contratos de fideicomiso amparados por la legislación vigente actual y/o futura, revistiendo la calidad de fiduciante,

fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria, y celebrar contratos de colaboración. D) Agente Productor de Mercado

de Capitales: en los términos de la Ley Nº 26.831, y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias,

pudiendo realizar todas aquellas actividades que le estén permitidas y sean compatibles, en la actualidad y/o en

el futuro, incluyendo, pero sin limitarse a actividades de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales,

y de difusión y promoción de valores negociables, vinculados contractualmente y bajo responsabilidad de un

Agente Asesor Global de Inversiones, en los términos indicados en las Normas de la Comisión Nacional de Valores

(T.O. 2013) y/o aquellas que las modifiquen o reemplacen en el futuro, incluyendo la facultad de captar clientes

para los Agentes de Negociación y/o Agentes de Liquidación y Compensación y/o Agentes Asesores Globales de

inversiones, así como referenciar fondos comunes de inversión, previa suscripción de los convenios respectivos.

E) Mandataria: la realización de todo tipo de mandamientos, comisiones, representaciones y consignaciones

comerciales. Para la prosecución de su objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar

todos los actos y contratos en el país y en extranjero que las leyes vigentes y el presente estatuto autoricen, adquirir

derechos, contraer obligaciones y todo aquello que se relacione directa o indirectamente con el objeto social,

pudiendo ejecutar todas las operaciones industriales, comerciales, financieras, mobiliarias e inmobiliarias que sean

necesarias y cuantos actos y contratos sean menester, para el mejor cumplimiento del objeto precedente, inclusive

intervenir en licitaciones privadas y públicas.- Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a

profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos.-

Autorizado según instrumento privado Acta de Reunión de Socio de fecha 12/10/2022

ERICA ELIZABETH LORENZO - T°: 118 F°: 776 C.P.A.C.F.

e. 25/10/2022 N° 85957/22 v. 25/10/2022