W20 Argentina W20Argentina

N° 85924/22 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

Edictos Judiciales martes, 25 de octubre de 2022

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de

Corrientes, Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de

cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 90, de fecha 01 septiembre de 2022, de la causa caratulada:

“BENÍTEZ EVER ARIEL Y OTROS S/INF. LEY 23737”, expediente FCT 4222/2016/TO1, respecto de: LISANDRO

RAFAEL BENÌTEZ, D.N.I. Nº 23.526.420, Argentino, de 49 años, nacido el 24 de octubre de 1973, casado,

comerciante, tiene un polirubro y hace albañilería; su domicilio es el de José Manuel Estrada 777 de la ciudad

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.032 - Segunda Sección 57 Martes 25 de octubre de 2022

de Goya, Corriente; que sabe leer y escribir, cursó el nivel secundario completo, es hijo de Orlando Ojeda, a

quien no lo conoció, y de Inocencia Lucia Benítez. La que dispone: S E N T E N C I A N° 90 CORRIENTES, 01

de septiembre de 2022. Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º)

RECHAZAR el planteo de nulidad formulado por la Defensa. 2°) CONDENAR a LISANDRO RAFAEL BENITEZ D.N.I.

N° 23.526.420, ya filiado en autos, a la pena de seis (06) años de prisión, y multa de pesos quince mil ($ 15.000,00)

la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como coautor (art. 45

C. P.) penalmente responsable del delito previsto y reprimido por el art. 5° inc. c) de la Ley 23737, en la modalidad

de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real (art. 55 C.P.) en calidad de autor

del delito de tenencia ilegal de arma de fuego y acopio de municiones previstos por el art. 189 bis, incisos 2° y 3°

del C.P., más accesorias y costas legales (arts. 12, 40 y 41 del Código Penal, y art. 530, 531 y 533 del CPPN).- 3º)

… 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las demás

comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por secretaría los cómputos de pena

correspondiente, fijando las fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y oportunamente archivar.- Fdo.: Dr.

Fermín Amado Ceroleni – Juez de Cámara – Dr. Víctor Antonio González – Juez de Cámara – Dr. Manuel Alberto

Jesús Moreira – Juez de Cámara – Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes – Ante Mi: Dr. José Alfredo

Rach – Secretario de Juzgado - Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- Dr. FERMIN AMADO CEROLENI

Juez - Dr. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCION PENAL

e. 25/10/2022 N° 85924/22 v. 31/10/2022