N° 81035/22 Aviso del Boletín Oficial
GRACIELA MEDINA ABOGADOS S.R.L.
Texto del aviso
GRACIELA MEDINA ABOGADOS S.R.L.
Edicto complementario de los publicados con fechas 11/10/2022 y 21/10/2022 bajo los N° 81035/22 y 84992/22
respectivamente. Modificación de contrato social. Por instrumento privado del 26/10/2022 se modificó el artículo
tercero del contrato social, el cual quedo redactado de la siguiente manera: “TERCERO: La sociedad tiene por
objeto organizar el desarrollo de la actividad profesional de sus socios, proveyendo a los mismos de la estructura
material y empresarial necesaria para que en forma coordinada o individual puedan ejercer las incumbencias
profesionales que autoriza la ley a los abogados. Los profesionales actuarán bajo su propia responsabilidad
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.034 - Segunda Sección 21 Jueves 27 de octubre de 2022
conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen el ejercicio de la profesión. Para ser socio se requiere
poseer el título habilitante de abogado y encontrarse inscripto en la matrícula que lleva el Colegio de Abogados
de la Capital Federal o el colegio de la jurisdicción en la que se actúe. A efectos de cumplir con sus fines la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para efectuar todas las operaciones, actividades, actos y contratos que se
relacionen directa o indirectamente con su objeto social, inclusive los previstos por el artículo 375 y concordantes
del Código Civil y Comercial de la Nación. La sociedad podrá ser representante de organizaciones nacionales o
internacionales que desarrollen actividades relativas a su área de incumbencia, afiliarse, asociarse o participar en
ellas, así como formar agrupaciones ad-hoc de colaboración empresarial, o uniones transitorias de empresas. Sin
perjuicio del tipo social adoptado, se deja constancia que los socios se mantendrán ilimitadamente responsables
exclusivamente con relación a las obligaciones asumidas en el ejercicio de la profesión de abogacía”. Autorizado
según instrumento privado Contrato Social de fecha 21/09/2022
Santiago José Michel - T°: 90 F°: 873 C.P.A.C.F.
e. 27/10/2022 N° 86803/22 v. 27/10/2022