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N° 81035/22 Aviso del Boletín Oficial

GRACIELA MEDINA ABOGADOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 27 de octubre de 2022

Texto del aviso

GRACIELA MEDINA ABOGADOS S.R.L.

Edicto complementario de los publicados con fechas 11/10/2022 y 21/10/2022 bajo los N° 81035/22 y 84992/22

respectivamente. Modificación de contrato social. Por instrumento privado del 26/10/2022 se modificó el artículo

tercero del contrato social, el cual quedo redactado de la siguiente manera: “TERCERO: La sociedad tiene por

objeto organizar el desarrollo de la actividad profesional de sus socios, proveyendo a los mismos de la estructura

material y empresarial necesaria para que en forma coordinada o individual puedan ejercer las incumbencias

profesionales que autoriza la ley a los abogados. Los profesionales actuarán bajo su propia responsabilidad

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.034 - Segunda Sección 21 Jueves 27 de octubre de 2022

conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen el ejercicio de la profesión. Para ser socio se requiere

poseer el título habilitante de abogado y encontrarse inscripto en la matrícula que lleva el Colegio de Abogados

de la Capital Federal o el colegio de la jurisdicción en la que se actúe. A efectos de cumplir con sus fines la

sociedad tiene plena capacidad jurídica para efectuar todas las operaciones, actividades, actos y contratos que se

relacionen directa o indirectamente con su objeto social, inclusive los previstos por el artículo 375 y concordantes

del Código Civil y Comercial de la Nación. La sociedad podrá ser representante de organizaciones nacionales o

internacionales que desarrollen actividades relativas a su área de incumbencia, afiliarse, asociarse o participar en

ellas, así como formar agrupaciones ad-hoc de colaboración empresarial, o uniones transitorias de empresas. Sin

perjuicio del tipo social adoptado, se deja constancia que los socios se mantendrán ilimitadamente responsables

exclusivamente con relación a las obligaciones asumidas en el ejercicio de la profesión de abogacía”. Autorizado

según instrumento privado Contrato Social de fecha 21/09/2022

Santiago José Michel - T°: 90 F°: 873 C.P.A.C.F.

e. 27/10/2022 N° 86803/22 v. 27/10/2022