N° 87411/22 Aviso del Boletín Oficial
COCA-COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A.
Texto del aviso
COCA-COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A.
CUIT 30-52539008-6. Por Asamblea General Extraordinaria Autoconvocada N° 939 del 30/03/2022 se resolvió
aumentar el capital social en la suma de $ 165.000.000, es decir de la suma de $ 956.020.490 a la suma de
$ 1.121.020.490, y modificar el artículo cuarto del estatuto social que quedó redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 4: El capital social es de Pesos mil ciento veintiún millones veinte mil cuatrocientos noventa
($ 1.121.020.490) representado por 1.121.020.490 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de $ 1 valor
nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de la
asamblea ordinaria de accionistas hasta el quíntuplo de su monto conforme el artículo 188 de la Ley N° 19.550,
aumento que deberá ser inscripto en el Registro Público de Comercio. Todo aumento o disminución de capital
social deberá figurar en los balances generales de la sociedad”. Consecuentemente, la composición accionaria de
la sociedad quedó expresada en los siguientes términos: a) Refrescos Latinoamericanos, S. de R.L. de C.V.:
1.111.460.285 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 y con derecho a 1 voto por
acción; b) Controladora Interamericana de Bebidas, S. de R.L. de C.V.: 9.560.205 acciones ordinarias nominativas
no endosables de valor nominal $ 1 y con derecho a 1 voto por acción. Asimismo, por Acta de Asamblea General
Extraordinaria Autoconvocada Nro. 941 de fecha 28/06/2022 se saneó la omisión involuntaria que tuvo lugar en la
Asamblea General Extraordinaria Autoconvocada del 30/03/2022 respecto de la capitalización del saldo total de la
cuenta Ajuste de Capital de acuerdo al balance cerrado el 31.12.2021. En función de ello, el capital social es
aumentado a la suma de $ 6.053.931.821 y se resuelve modificar el artículo cuarto del estatuto social que quedó
redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4: El capital social es de Pesos Seis Mil Cincuenta y Tres Millones
Novecientos Treinta y Un Mil Ochocientos Veintiuno ($ 6.053.931.821) representado por 6.053.931.821 acciones
ordinarias, nominativas, no endosables de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El
capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria de accionistas hasta el quíntuplo de su
monto conforme el artículo 188 de la Ley N° 19.550, aumento que deberá ser inscripto en el Registro Público de
Comercio. Todo aumento o disminución de capital social deberá figurar en los balances generales de la sociedad”.
Consecuentemente, la composición accionaria de la sociedad quedó expresada en los siguientes términos: a)
Refrescos Latinoamericanos, S. de R.L. de C.V.: 5.830.042.502 acciones ordinarias nominativas no endosables de
valor nominal $ 1 y con derecho a 1 voto por acción; b) Controladora Interamericana de Bebidas, S. de R.L. de C.V.:
58.889.319 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 y con derecho a 1 voto por acción.
Por acta de Asamblea General Ordinaria N° 942 de fecha 02/08/2022 se fijó en 8 (ocho) el número de directores
titulares, designándose a tal fin a los Sres. Nicolás Bertelloni, Graciela Paula Cuña, Germán Guillermo Pennimpede,
Pablo Alberto Nietto, Alejandra María Stavrou, Nazarena Romanello, Ignacio Eduardo Rodriguez Mallaina y
Leonardo César Ferrari. Por reunión de Directorio N° 1215 de fecha 02/08/2022 se distribuyeron los cargos del
Directorio de la siguiente manera: Presidente: Nicolás Bertelloni; Vicepresidente: Graciela Paula Cuña; Directores
Titulares: Germán Guillermo Pennimpede, Pablo Alberto Nietto, Alejandra María Stavrou, Nazarena Romanello,
Ignacio Eduardo Rodriguez Mallaina y Leonardo César Ferrari. Los directores designados aceptaron los cargos
conferidos y constituyeron domicilio especial Amancio Alcorta 3570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los
efectos del artículo 256 in fine de la ley 19.550. Por Asamblea General Extraordinaria Autoconvocada Nro. 943 de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.035 - Segunda Sección 4 Viernes 28 de octubre de 2022
fecha 12/10/2022 se resolvió reformar el artículo tercero del objeto social, a fin de incluir dentro del mismo algunos
productos adicionales, quedando redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 3: La sociedad tiene por objeto
realizar la elaboración, producción, embotellado, comercialización, venta, exportación e importación, bajo licencia
de The Coca-Cola Company de la bebida marca “Coca-Cola” y de otros productos de The Coca-Cola Company,
dentro de ciertos territorios específicos en la República Argentina, siendo tales territorios cubiertos por la
autorización conferida bajo el convenio a que se hace referencia en el artículo 12. Asimismo, tendrá por objeto, por
cuenta propia o de terceros: I) la elaboración, producción, embotellado, enlatado, envasado, comercialización,
venta, importación y exportación de: a) bebidas con o sin alcohol, incluyendo jarabes para bebidas, concentrados,
jugos, fueren líquidos o en polvo para preparar, aguas minerales, aguas gaseosas, aguas saborizadas, aguas
energizantes, aguas isotónicas, gas carbónico, bebidas deshidratadas y en polvos para preparar bebidas con o
sin alcohol; (b) alimentos, condimentos, sus materias primas y aditivos alimentarios, incluyendo sin limitación
alimentos bebibles, lácteos, snacks, suplementos dietarios, yerba, café, golosinas, y edulcorantes y otros; (c)
productos de cosmética y productos para el cuidado personal, incluyendo sin limitación rasuradoras, jabones
sólidos, líquidos o en polvo, desodorantes corporales o de ambiente, productos de tocador, y otros; II) la fabricación,
comercialización, importación, exportación y venta de tapas para botellas de bebidas, vasos plásticos, cualquier
clase de envase, como así también de todo tipo de insumos utilizados para el proceso productivo de la empresa;
III) comercialización, venta, importación y exportación de productos de limpieza, domisanitarios, farmacéuticos y
bienes de consumo. Las bebidas sin alcohol, jarabes para bebidas y concentrados que elabore, produzca, importe
y exporte, comercialice y/o venda no deberán ser imitaciones de los concentrados, los jarabes o las bebidas
“Coca-Cola” y demás bebidas bajo licencia de The Coca-Cola Company y no deberán venderse con designaciones
o en envases que imiten o infrinjan las marcas “Coca-Cola”, “Coke”, “Cola”, “Coca” o la botella distintiva o cualquier
edición grafica o fonética de las mismas ni demás marcas bajo licencia de The Coca-Cola Company; III) la
reparación, almacenamiento y distribución de equipos de refrigeración, equipos vending y post mix y almacenamiento
y distribución de material de publicidad, promociones, merchandising, etc. Podrá también suscribir, comprar y/o
vender acciones de la sociedad y de empresas relacionadas a las mismas actividades que la sociedad desarrolle,
como a la compra y venta de títulos, acciones y otros valores, realización de financiaciones comerciales e
industriales, ya sea mediante préstamos a interés garantizado o no, ya sea mediante aporte de capitales a empresas
constituidas o a constituirse y a personas, efectuando anticipos de fondos para la compra o importación de
mercadería y materias primas, ya sea adquiriendo por cesión de créditos emergentes de la venta de mercadería,
descontando documentos comerciales y prendas, tomando participación en operaciones determinadas de
carácter financiero, ya sea otorgando garantías o fianzas por obligaciones de terceros y en general procurando la
utilización de fondos propios en el giro comercial o en la formación del capital de empresas de todo orden radicadas
en el país y/o en el extranjero, ya sea participando con personas visibles o jurídicas, sean estas últimas privadas,
públicas, mixtas o empresas del estado en sociedad o entidades comerciales formadas o a formarse, como
accionistas o en cualquier otro carácter, y celebrar al efecto los actos y operaciones legales correspondientes con
exclusión de las operaciones previstas por la Ley de Entidades Financieras y todas aquellas por las que se requiera
el concurso del público. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”. Autorizado según
instrumento privado Asamblea General Extraordinaria autoconvocada de fecha 28/06/2022
Maria Lucia Quinteiro - T°: 128 F°: 871 C.P.A.C.F.
e. 28/10/2022 N° 87411/22 v. 28/10/2022