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N° 32430/1992 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 37

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 28 de octubre de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 37

EDICTO BOLETÍN OFICIAL

El Juzg. Nac. de 1ºInst. Comercial Nº19, Sec. Nº37, sito en M.T de Alvear 1840 PB, CABA comunica por 5 días en los

autos “FRIGORIFICO YAGUANE SACIFYA s/ QUIEBRA s/ INC. VENTA PLANTA FABRIL” (Expte. Nº32430/1992/4),

que los martilleros, F. Viera Feijoo, J. Sarachaga y A. Keller rematarán el 23 de noviembre de 2022 a las 11,45 hs,

en la Dirección de Subastas Judiciales, calle Jean Jaures Nº545, CABA: en “block”: a) el 100% del inmueble sito en

Ruta 3 km 38:100, de Virrey del Pino, Pdo. de la Matanza, Pcia. de Buenos Aires, Matrícula N° 59.104, Nom. Catast.

Circunsc.VI, Parcela 800 d, Partido 070, Pda. 034341, Base U$ $ 3.699.125,25; b) el 100% de los bienes muebles

prendados (maquinarias y mobiliario), Base U$S 93.202,50 y c) el resto de los muebles, Base U$S 16.447,50.

La venta se hará al contado, efectivo y al mejor postor, y el precio podrá abonarse en pesos al tipo de cambio

vendedor del BNA del día inmediato anterior a la fecha en que se ingrese el pago, seña 30%, comisión 3%, más

IVA. Arancel Acordada 10/99 CSJN 0,25 en el acto del remate y a cargo del comprador. El saldo de precio deberá

ingresarse en la cuenta judicial 2-019-037-709-786-7 identificada con (CBU 02900759-00240070907861) abierta

en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires-Sucursal Tribunales, dentro del plazo de cinco días de aprobado el

remate sin necesidad de notificación al adquirente ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de declararlo

postor remiso (Cpr. 584). Hácese saber que será inoponible cualquier incidente de toda naturaleza por parte del

eventual adquirente sin previo pago oportuno del precio de venta de los bienes sometidos a subasta. Hágase

saber a los interesados que la concurrencia al acto de subasta implicará el conocimiento del contenido total de

las actuaciones de la quiebra y de éste incidente, de haber inspeccionado los bienes y noción del estado en que

se encuentran los mismos. La adjudicación y extensión del respectivo instrumento deberá recaer en la persona

que efectivamente realice la mejor oferta. La entrega de posesión e inscripción del bien a nombre del adquirente

se cumplirá luego de la integración del saldo de precio y una vez que sea declarado adjudicatario, mediante el

libramiento del mandamiento e instrumentos correspondientes, que deberán diligenciarse dentro del plazo de 20

días, bajo apercibimiento de tenerla por producida en forma ficta. En caso de ser requerida por el comprador,

la escrituración se cumplirá por el escribano que el mismo proponga, dado que la venta es al contado (cfr. arts.

582 y 586 cpr.). Los gastos que la transferencia del inmueble irrogue deberán ser soportados exclusivamente

por el adquirente. Los bienes se rematarán en el estado de ocupación en que se encuentran, señalándose que,

habiendo sido exhibidos adecuadamente, no se admitirán reclamos de ningún tipo respecto del estado, medidas,

condiciones, características, usos, marcas, modelos, numeraciones y series. Los impuestos, tasas y contribuciones

comunes del inmueble que se devengaren a partir del decreto de quiebra se trasmiten con la cosa sobre la que

recaen y su nuevo titular deberá atender el pago de las mismas en caso de que los fondos obtenidos en el

remate no alcancen a satisfacerlas. Las tasas, sellados u otras contribuciones que demanden la realización de los

trámites de inscripción y otros delegados que estarán en cabeza del comprador. Estará a cargo del adjudicatario

la obligación de tributar la alícuota que corresponda en concepto de IVA sobre los bienes muebles y cualquier otro

impuesto o tasa que grave la venta. Como así también, el impuesto sobre la venta de bienes inmuebles establecido

por la ley 23.905: 7.7. Queda excluida la posibilidad de compra en comisión, la cesión de los derechos del boleto

de compraventa o de la documentación inherente a la venta, la transferencia de las participaciones accionarias

de la adjudicataria o cualquier forma de sustitución de quien devenga adjudicatario, el otorgamiento de poderes

especiales irrevocables a favor de terceros para la posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta del bien.

Asimismo para el caso que quien realice la última oferta lo haga en representación de un tercero deberá acreditar

tal calidad con poder especial y exhibir el respectivo instrumento en ese mismo momento, bajo apercibimiento de

continuar con el acto de subasta y -en su caso-hacerlo responsable de los eventuales perjuicios que pudiera haber

ocasionado su accionar. Se recibirán posturas bajo sobre hasta las 10:00 horas del día anterior a la fecha fijada

para la subasta, las que deberán reunir los requisitos del Art. 104 del Reglamento del Fuero y serán abiertos por la

Sra. Secretaria con presencia de los martilleros y los interesados a las 12:30 hs. del mismo día. Se hace saber a los

oferentes que deberán consignar la carátula del expediente en la parte exterior del sobre; y que las ofertas deberán

ser presentadas por duplicado, indicando el Juzgado, y acompañar el importe correspondiente a la seña fijada

para la subasta, más el destinado a comisión y sellado -discriminándolo- lo que se cumplirá mediante depósito en

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.035 - Segunda Sección 65 Viernes 28 de octubre de 2022

el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en la cuenta indicada precedentemente. Asimismo, se informa que para la

presentación de la oferta no se requiere patrocinio letrado. Días de EXHIBICIÓN: 17 y 18 de noviembre de 2022 de

10 a 12 hs. Informes: 11-4- 171-5967 y/o 11-5-063-6363. Se hace saber que para concurrir a los remates el público

deberá inscribirse previamente a través de la web del Alto Tribunal www.csjn.gov.ar ir al Link Oficina de Subastas

- Trámites: Turno registro y deberá presentarse el día y hora asignado en JEAN JAURES 545 PB de CABA. Buenos

Aires, 27 de octubre de 2022.

FDO. MARÍA CAROLINA LORENZO DURAN, SECRETARIA. GERARDO D. SANTICCHIA Juez - M.CAROLINA

LORENZO DURAN SECRETARIA

e. 28/10/2022 N° 87313/22 v. 03/11/2022