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N° 86706/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 55

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 28 de octubre de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 55

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 28, a cargo de la Dra. María José Gigy Traynor,

Secretaría N° 55 a mi cargo, sito en la calle Montevideo 546 3° piso de CABA, comunica por dos días en el Boletín

Oficial en los autos “Nexo Pharmaceutical Group S.A. s/Quiebra s/Incidente de Venta” Expte. Nro. 20504/2018/6,

que el martillero Carlos Alejandro Menendez (Cuit 20-14626733-6) rematará el 18 de noviembre de 2022 a las

11:15hs. puntual en calle Jean Jaures 545, CABA, los siguientes Certificados de Especialidad Medicinal: N° 55947:

pantoprazol sódico sesquihidratado -incluye sus dos variantes-, N° 53390: carboximetilcelulosa sódica, N° 54854:

omeprazol sódico -incluye sus tres variantes-, N° 45093: omeprazol y N° 54067: ciprofloxacino -incluye sus dos

variantes-de titularidad de Nexo Pharmaceutical Group S.A., CUIT 30-70735437-9. Condiciones de venta: al

contado, en efectivo y al mejor postor. Bases: U$S 5.330.- cada certificado de especialidad medicinal. El precio

de venta puede ser abonado por quien resulte adquirente en subasta en dólares estadounidenses billete o en

su caso, mediante el pago en moneda de curso legal a la cotización promedio entre comprador y vendedor que

exprese al día del remate el portal “dólarhoy.com” para el denominado “dólar contado con liquidación”. Deberá

abonarse la totalidad del precio de venta en el acto del remate más comisión del 10% y el arancel de subasta del

0,25% correspondiente a las Acordadas 10/99 y 24/00 CSJN. De acuerdo a lo dictaminado por la AFIP, la venta

de los certificados se encuentra exenta del pago de IVA. Se deja constancia que la persona que adquiera los

certificados deberá estar debidamente habilitada ante la ANMAT en los términos de la Ley Nº 16.463 y sus normas

reglamentarias y complementarias en el rubro especialidades medicinales, poseer Certificado de Inscripción de

Establecimiento en el referido rubro y su número de legajo que acredite dicha inscripción en el registro, rigiéndose

la transferencia de titularidad de dichos certificados por la Ley 16463 y lo dispuesto en la Disposición 858/1989

y Circular 6/16 de ANMAT y normas reglamentarias. Se excluye la figura del comitente, la compra en comisión y

la cesión del boleto de compra, debiendo el martillero suscribir éste con quien realmente formule la oferta como

comprador. El adquirente, en el acto del remate, deberá anunciar el nombre del poderdante, en caso de invocar

poder, el cual deberá ser exhibido al martillero en el acto. Se hace saber a los interesados que por las deudas por

todo concepto que registren los certificados anteriores a la declaración de quiebra deberán presentarse a iniciar

el correspondiente incidente de verificación de crédito. En cuanto a las posteriores a tal fecha y hasta que el

comprador haya podido razonablemente inscribir los certificados a su nombre, deberán comparecer en el presente

proceso acompañando la documentación pertinente que acredite su acreencia y, previa comprobación de sus

importes por parte del síndico, serán satisfechas a tenor de lo dispuesto por la LC. 240. Con respecto a las deudas

posteriores a la inscripción que deberá ser efectivizada por el adquirente dentro de los diez días de aprobada la

subasta, serán a cargo del comprador. Para participar del remate los interesados deberán inscribirse previamente

a través de la web www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de Subastas-Trámites: turnos registro, y deberá

presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB, CABA, con el formulario que indica el mencionado sitio.

El presente edicto deberá publicarse sin previo pago (LC: 273:8). Buenos Aires, 25 de octubre de 2022. Pablo D.

Bruno Secretario

e. 27/10/2022 N° 86706/22 v. 28/10/2022