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N° 87500/22 Aviso del Boletín Oficial

ALBANESI POWER S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 31 de octubre de 2022

Texto del aviso

ALBANESI POWER S.A.

CUIT N° 30-71560529-1. A) Por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 29/12/2020, los accionistas

resolvieron por unanimidad:(i) Aumentar el capital social a $ 860.000; y (ii) Reformar el artículo cuarto del estatuto

social. B) Por Acta de Acta de Asamblea General Extraordinaria del 23/12/2021, los accionistas resolvieron por

unanimidad:(i) Aumentar el capital social a $ 1.460.000;(ii) Reformar el artículo cuarto del estatuto social.C) Por

Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de 26/04/2022, los accionistas resolvieron por unanimidad:

(i) Reducir el capital social a $ 680.112.(ii) Reformar el artículo cuarto del estatuto social, el cual quedará redactado

de la siguiente manera: “ARTICULO CUARTO: El capital social es de pesos seiscientos ochenta mil ciento doce

pesos ($ 680.112) dividido en seiscientos ochenta mil ciento doce acciones ordinarias, nominativas no endosables,

de un peso valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción.- El capital puede aumentarse hasta el

quíntuplo por decisión de la asamblea general ordinaria.- La asamblea podrá delegar en el directorio la época

de la emisión y las condiciones y formas de pago, en los términos del artículo 188 de la ley 19.550”. Tenencia

resultante: Armando R. Losón 340.056 acciones, Carlos A. Bauzas 136.022 acciones, Holen S.A. 204.034 acciones

,todas ordinarias nominativas no endosables de valor $ 1 cada una. (iii) Aceptar la renuncia de Carlos Alfredo

Bauzas y Sebastián Andrés Sánchez Ramos como Directores Titulares, y de Romina Solange Kelleyian como

Directora Suplente, y deesignar en su reemplazo a María Eleonora Bauzas como Directora Titular y a María Andrea

Bauzas como Directora Suplente, por 3 (tres) ejercicios, quienes aceptaron los cargos conferidos, manifiestaron

que poseen domicilio real en la República Argentina, y constituyeron domicilio especial en Avenida Leandro N.

Alem 855, piso 14, CABA.(iv) Reformar el artículo octavo del estatuto social, quedando redactado de la siguiente

manera: ““ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio, cuyo

número de miembros será determinado por la Asamblea, entre un mínimo de cinco (5) y un máximo de nueve (9)

directores titulares quienes durarán en sus cargos 3 ejercicios. La Asamblea elegirá como mínimo 1 (un) director

suplente y hasta el número que considere conveniente. La misma Asamblea designará a un Presidente. El quórum

para constituirse y funcionar será el de la mayoría absoluta de sus integrantes y las distintas cuestiones serán

resueltas por mayoría absoluta de los presentes. En caso de empate en las votaciones, el Presidente desempatará

votando nuevamente. En caso de ausencia temporaria o definitiva del Presidente, será reemplazado por el Director

Suplente designado específicamente a tal fin por la Asamblea. El Directorio también podrá celebrar sus reuniones

con sus miembros comunicados entre sí por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras,

computándose a los efectos del quórum tanto a los directores presentes como a los que participan a distancia.

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.036 - Segunda Sección 4 Lunes 31 de octubre de 2022

Las actas de las reuniones con sus miembros comunicados entre sí mediante medios de transmisión simultánea

de sonido, imágenes y palabras serán confeccionadas y firmadas dentro de los (5) días hábiles de celebrada la

reunión por los miembros presentes y el representante del órgano de fiscalización. El órgano de fiscalización

deberá dejar expresa constancia en el acta de los nombres de los directores que han participado a distancia y de

la regularidad de las decisiones adoptadas en el transcurso de la reunión. El acta consignará las manifestaciones

tanto de los directores presentes como de los que participen a distancia y sus votos con relación a cada resolución

adoptada.”. (v) Reformar el artículo décimo primero, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO

DÉCIMO PRIMERO: Las asambleas generales, sean ordinarias o extraordinarias, pueden ser citadas en primera y

en segunda convocatoria, en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley General de Sociedades N° 19.550,

sin perjuicio de lo dispuesto allí para la asamblea unánime, en cuyo caso se celebrará en segunda convocatoria

el mismo día una hora después de fracasada la primera.- En caso de convocatoria sucesiva, estará al artículo

237 antes citado. Las asambleas también podrán celebrar sus reuniones a distancia por medios de transmisión

simultánea de sonido, imágenes y palabras, computándose a los efectos del quórum tanto a los accionistas

presentes como a los que participan a distancia. Las actas de las asambleas celebradas a distancia por medios

de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras serán confeccionadas y firmadas dentro de los (5) días

de celebrada. Las actas serán suscriptas dentro de los (5) días por el Presidente, los socios designados al efecto

y el representante del órgano de fiscalización quien dejará expresa constancia en el acta de la regularidad de las

decisiones adoptadas. Asimismo, el Sr. Presidente dejará expresa constancia en el acta de los accionistas que han

participado a distancia. El acta consignará las manifestaciones tanto de los accionistas presentes como de los que

participen a distancia y sus votos con relación a cada resolución adoptada.” Autorizado según instrumento privado

ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA de fecha 26/04/2022

Claudio Gaston Mayorca - T°: 103 F°: 910 C.P.A.C.F.

e. 31/10/2022 N° 87500/22 v. 31/10/2022