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N° 87283/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6

Edictos Judiciales jueves, 3 de noviembre de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge Silvio Sicoli, Secretaría Nº 6,

a cargo del Dr. Santiago Cappagli, con sede en la Av. Callao 635, 6º piso de la Ciudad de Buenos Aire, en los

autos “BUILDER WORLD S.A. S/QUIEBRA”, Expte. Nro. (28073/2019), comunica por cinco días que el 06/10/2022

se decretó la quiebra de BUILDER WORLD S.A., C.U.I.T. 30-71437981-6, con domicilio social en la Avda. de Mayo

1353, piso 1ro., CABA. Se hace saber que hasta el día 21 de diciembre de 2022 para que los acreedores formulen

al síndico el pedido de verificación de sus créditos, los cuales deberán remitirse de modo electrónico a la dirección

builderworldquiebra@gmail.com. El arancel previsto en el art. 32 de la LCQ deberá abonarse por transferencia a la

cuenta identificada con CBU. NRO. 0290037710000084956775. Se informa que el día 07 de marzo de 2023 será el

de la presentación del informe individual y el día 21 de abril de 2023 el de la presentación del informe general (arts.

35 y 39 LCQ, respectivamente). Se le hace saber a la fallida que deberá entregar al Síndico sus bienes de los cuales

queda desapoderado en los términos del art. 106 L.C.Q., intimándola a cumplir con los arts. 86, 2° párrafo y 106 y

siguientes de la LCQ debiendo poner todos sus bienes a disposición del Juzgado en forma apta para que pueda

tomar inmediata y segura posesión de los mismos y a entregarle los libros y demás documentación contable,

societaria, contractual, fiscal y de cualquier otra naturaleza. Asimismo, intímase a los terceros para que entreguen

a la sindicatura los bienes de la fallida. Se encuentra prohibido hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.

Intímase a la fallida para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de

tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. Se libra el presente, sin previo pago (art. 273, inc. 8 de la LCQ).

Buenos Aires, 24 de octubre de 2022. Fdo. Santiago Cappagli. Secretario.

JORGE S. SICOLI Juez - SANTIAGO CAPPAGLI SECRETARIO

e. 28/10/2022 N° 87283/22 v. 03/11/2022