N° 25/11 Aviso del Boletín Oficial
PARTIDO LIBERAL REPUBLICANO
Texto del aviso
PARTIDO LIBERAL REPUBLICANO
El Juzgado Federal número 1 con Competencia Electoral, Distrito Córdoba, a cargo del Juez Federal, Dr. Ricardo
Bustos Fierro, Secretaría Electoral a cargo del Dr. Guillermo Pablo Fernández, hace saber que en los autos
caratulados: “PARTIDO LIBERAL REPUBLICANO s/ RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO”, Expte.
Nº CNE 4001417/1997, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, noviembre de 2022. Y VISTOS: Estos autos
caratulados: “PARTIDO LIBERAL REPUBLICANO” (Expte. N° CNE 4001417/1997), llegados a despacho a fin de
resolver sobre el cambio de nombre partidario. Que, con fecha 8/9/2022, comparece el apoderado de la agrupación,
a fin de acompañar acta de la Asamblea Provincial, de fecha 16/8/2022, mediante la cual se dispone el cambio de
denominación partidaria “Partido Liberal Republicano” por el nombre “REPUBLICANOS UNIDOS”. Que, con fecha
3/10/2022, se ordena informe Secretaria respecto de la existencia o no de la denominación pretendida en otros
distritos electorales. En virtud de lo cual con fecha 6/10/2022, se tiene presente el informe ordenado, según el cual
con el nombre adoptado, se encuentra con reconocimiento definitivo una agrupación en el distrito Tierra del Fuego
y otra en Capital Federal. Asimismo en trámite de reconocimiento se encuentra en los distritos Buenos Aires,
Corriente, Mendoza y Salta. Que, en función de lo informado se ordena comunicar el cambio de denominación
a los distritos antes mencionados, su publicación en el Boletín Oficial a los fines del art. 14 de la Ley N° 23.298 y
se corre vista al Fiscal Federal N° 1, quien evacua la vista manifestando que no tiene observaciones que formular
al cambio de nombre pretendido. Que, en virtud de ello el Tribunal ordeno fijar la audiencia prescripta por el Art.
62 de la Ley 23.298, para el día miércoles 26 de octubre del corriente año a las 10:00 horas, la que se llevó a
cabo con la comparecencia del Ministerio Público Fiscal y los apoderados Cruz Ferreyra y David Abel Magnin,
en carácter de apoderados partidarios de la agrupación política peticionante. Que con fecha 26/10/2022, obra el
dictamen del señor Procurador Fiscal donde manifiesta que no tiene objeciones que formular a la denominación
“REPUBLICANOS UNIDOS” adoptada por el partido de autos Y CONSIDERANDO: I) Que el suscripto, en virtud
que la solicitud de cambio de denominación por el nombre “REPUBLICANOS UNIDOS” encuadra en el marco
legislativo que regula la materia, y que por otra parte, no ha comparecido a la audiencia prescripta por el Art.
62 de la Ley 23.298 agrupación política alguna a formular oposición al cambio de nombre partidario, entiende
que corresponde hacer lugar al mismo, procediendo en consecuencia a recaratular los presentes autos. II) Que
la agrupación solicitante del cambio de nombre deberá acompañar al Tribunal Declaración de Principios, Bases
de Acción Política y texto ordenado de la Carta Orgánica con la adecuación a la nueva denominación partidaria
partidaria, en soporte papel e informático (CD), todo debidamente rubricado por los integrantes del órgano partidario
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.047 - Segunda Sección 67 Martes 15 de noviembre de 2022
correspondiente. III) Que de conformidad a la Acordada N° 25/11 de la Excma. Cámara Nacional Electoral, la
presente agrupación política mantiene el numero ciento setenta y ocho (178) de identificación de registro como
partido de Distrito. Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, RESUELVO:
I) Hacer lugar a la solicitud de cambio de denominación efectuada por el “Partido Liberal Republicano”, y en
consecuencia aprobar el nombre “REPUBLICANOS UNIDOS”, manteniendo el número ciento setenta y ocho (178)
de identificación de registro como partido de Distrito. II) Requerir a la agrupación que en el término de diez (10)
días de notificado el presente acompañe al Tribunal Declaración de Principios, Bases de Acción Política y texto
ordenado de la Carta Orgánica partidaria, con la adecuación a la nueva denominación partidaria, en soporte papel
e informático (CD), todo debidamente rubricado por los integrantes del órgano partidario correspondiente. III)
Recaratular las presentes actuaciones, y proceder a su adecuación en el Sistema de Gestión Electoral (SGE). IV)
Comuníquese a la Excma. Cámara Nacional Electoral, a la Dirección Nacional Electoral y al Juzgado Electoral de
la Provincia de Córdoba, a sus efectos. V) Publíquese en el Boletín Oficial de la Nación. VI) Protocolícese y hágase
saber.- RICARDO BUSTOS FIERRO Juez - GUILLERMO PABLO FERNANDEZ SECRETARIO
e. 15/11/2022 N° 93159/22 v. 15/11/2022