N° 34505/2005 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 39 - SECRETARÍA ÚNICA
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 39 - SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nº39, a cargo de la Dra. María Victoria Pereira, Secretaría
Única a cargo del Dr. Pérez Portela, Gabriel Pablo, sito en Av. De los Inmigrantes 1950, Piso Quinto, comunica, por
2 días en el boletín oficial, en el Expte. Nº 34505/2005 caratulado “MARTINELLI FABIANA AMELIA c/ FURLANIS
DARIO GUSTAVO s/RESOLUCION DE CONTRATO” que el martillero Fernando Javier Fuentes y Arballo CUIT 20-
254549313-3 rematará el 30/11/2022, a las 10:00 hs. –en punto- en la oficina de Subastas Judiciales sita en Jean
Jaures 545 CABA, el 50% del inmueble sito en la Provincia de Rio Negro, individualizado como Parcela 28 Manzana
342, Nomenclatura Catastral DC19- C. 3- S.A- MZ 342- P28, Matrícula 19-38793, San Carlos de Bariloche. Según
constatación de autos (fs. 1231/1236) se trata de un lote terreno deshabitado con construcción sin terminar en
sector medio, la misma es de material en su planta baja y subsuelo, el terreno cuenta con pendiente hacia su fondo
y planta alta realizada en seco se encuentra caída. Toda la estructura presenta roturas de todo tipo, a saber. Falta
de revoque, sin aberturas, paredes internas demolidas, sin entretecho ni pisos. En la parte trasera del lote hay una
construcción tipo galpón, también deshabitada y abandonada. SUPERFICIE TOTAL 806,41 m2; BASE: $ 5.500.000;
SEÑA 30%; COMISIÓN: 3%; IVA (21%) s/COMISIÓN, SELLADO FISCAL 1%, ARANCEL: 0,25% (Acordada CSJN
24/00); AL CONTADO Y MEJOR POSTOR. El comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio de Cap.
Fed. 2) No se autoriza el mandato tácito. Quien invoque un poder para el acto de la subasta, además de presentar
el instrumento respectivo al martillero, deberá anunciar de viva voz el nombre de su poderdante. 4) El saldo del
precio deberá depositarse dentro de los 5 días de notificado- ministerio leguis- del auto de aprobación del remate,
bajo al apercib. previsto por el art. 580 del CPCC. En caso de no integrarlo oportunamente devengará – a partir del
vencimiento de dicho plazo – intereses y/o será pasible de adecuación por el mecanismo que resulte pertinente,
todo ello a fin de asegurar la estabilidad de su poder adquisitivo. 5) Las deudas se hallan sujetas a los reajustes
de práctica y quien resulte adquirente de la subasta se hará cargo de las expensas, en caso de insuficiencia de
fondos. DEUDAS: TSM: $ 36.822,56 al 10/04/19 más DEF: $ 20.500,00, al 30/04/2019, A.R.S.A.: $ 8.520,99 al
30/04/2019, IMP. INM.: $ 11.553,72 GEST. JUD.: $ 23.183,67. DÍAS DE EXIBICIÓN: Libre. Buenos Aires, del mes de
noviembre de 2022.- Maria Victoria Pereira Juez - Gabriel Pablo Perez Portela Secretario
e. 16/11/2022 N° 90687/22 v. 17/11/2022