N° 97060/22 Aviso del Boletín Oficial
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Texto del aviso
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33-61000618-9. Por Reunión de Socios del 22/09/2020 se resolvió: (i) Reformar el Art. 3º del Estatuto Social, el
cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: Tiene por objeto las siguientes actividades,
que podrá desarrollar por cuenta propia, de terceros asociadas a terceros, en establecimientos propios o
ajenos, en el país o en el extranjero: 1) Efectuar provisión de servicios de consultoría estratégica y de procesos
administrativos, productivos, comerciales y de todo otro proceso realizado por organizaciones, consultoría de
recursos humanos y en tecnología. Prestar asesoramiento relacionado con cuestiones de marketing, economía,
finanzas, planeamiento, administración, productos y servicios vinculados con la tecnología informática, sistemas
de producción, comerciales yo administrativos y en toda otra disciplina del saber humano para todo tipo de
empresas, de servicios, comerciales o industriales y para entes u organismos, oficiales o privados. Intervenir para la
puesta en marcha de programas o recomendaciones, el asesoramiento y asistencia técnica en todo lo relacionado
con licitaciones y concursos para contratar obras, servicios o provisiones. En el marco de dichas actividades
podrá asimismo brindar asesoramiento en la implementación, testeo y seguimiento de toda tarea relacionada con
controles internos vinculados a las actividades descriptas precedentemente, así como la dirección y administración
de proyectos y de contratos relacionados a las mismas. 2) Asesorar empresas, asociaciones comerciales o sin
fines de lucro y organismos o agencias gubernamentales, en cuestiones relacionadas con tecnología, sistemas de
informática, computación y/o comunicaciones. 3) Realizar la dirección de proyectos de consultoría estratégica y de
procesos, de consultoría en recursos humanos o de tecnología informática, computación o comunicaciones o ser
contratista principal o subcontratista, en todo tipo de tareas incluyendo: a) estudios de factibilidad, b) proyectos de
consultoría, c) anteproyectos, d) diseño, e) instalación, f) mantenimiento, g) ampliación, h) desarrollo, i) provisión de
equipamiento, j) tercerización de servicios, procesos y/o actividades. 4) Efectuar cualquier intervención intermedia
en proyectos de consultoría, tecnología informática, computación y/o comunicaciones que implique la realización
de alguna/s de las tareas enumeradas anteriormente o de otras relacionadas. 5) Adquirir y comercializar equipos y
cualesquiera elementos constitutivos de sistemas de informática, computación y/o comunicaciones e intermediar
en su adquisición y comercialización. 6) Desarrollar y/o instalar y/o mantener programas y sistemas de informática,
computación y/o comunicaciones. 7) Comercializar programas y sistemas de informática, computación y/o
comunicaciones desarrollados por la sociedad o por otras establecidas en el país o en el extranjero. 8) Importar y
exportar equipos y programas y/o elementos necesarios para el desarrollo de sus negocios. 9) Efectuar tareas de
procesamiento electrónico de datos. 10) Realizar tareas de mantenimiento y desarrollo de elementos componentes
de sistemas de información, computación y/ o comunicaciones. 11) Realizar inversiones financieras mediante el
aporte de capitales o inversiones, en moneda nacional o extranjera, valores, títulos valores y valores públicos o
privados, nacionales o extranjeros, en empresas constituidas o a constituirse para negocios en curso o a realizarse,
participaciones en sociedades por acciones, joint ventures, uniones transitorias de empresas, contratos de
colaboración empresaria y en general cualquier relación asociativa o agrupamientos empresarios autorizados por
la ley, como asimismo la compra, venta, permuta o tenencia de todo tipo de títulos, bonos, acciones, debentures,
obligaciones negociables y de toda clase de títulos y valores públicos y privados. 12) Otorgar en el país o en el
extranjero garantías, fianzas y avales a favor de terceros. La enumeración anterior es meramente enunciativa y no
excluye la realización de todo otro acto que tenga vinculación con o derive del objeto social. A tal fin la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por este estatuto. En la eventualidad de que el desarrollo de algunas de las actividades
vinculadas al objeto social se encuentre reservada a profesionales con titulo habilitan te, las mismas serán llevadas
a cabo por estos profesionales, debidamente inscriptos en la matrícula correspondiente.; (ii) Reformar el Art. 5º del
Estatuto Social en lo relativo a la cantidad de miembros que componen la Gerencia; y (iii) Reformar el Art. 7° del
Estatuto Social a fin de adecuar las áreas de responsabilidad y funciones que podrán asignárseles a los Gerentes
designados. Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios de fecha 22/09/2020
Joaquín Estanislao Martínez - T°: 97 F°: 338 C.P.A.C.F.
e. 28/11/2022 N° 97060/22 v. 28/11/2022