N° 96189/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 4 - BAHIA BLANCA - BUENOS AIRES
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 4 - BAHIA BLANCA - BUENOS AIRES
El Juzgado Federal de Bahía Blanca Nº 2, Secretaría Nº 4, sito en calle Belgrano Nº 274, PB, en los autos
caratulados: “POBLETE BREVIS JUAN EFRAIN HOY: POBLETE CONTRERAS SUSANA G. Y OTROS, SUCESORES
DE POBLETE BREVIS JUAN EFRAIN Y OTRO C/ PESCOM S.A. Y OTRO S/ACC. DE TRABAJO – ACC.CIV.” Expte.
FBB 23039962/2001, notifica a PESCOM S.A. que con fecha 20/09/2022 se ha dictado sentencia definitiva y se ha
resuelto: “I) -Declarar la inconstitucionalidad del art. 39 incs. 1º y 2 º de la ley 24.557, y del art. 75 segundo párrafo
de la LCT (según art 49 de la 24547, BO 04/10/1995, aplicable atento la fecha del hecho) por los fundamentos
expuestos en el considerando 4to). II) - Rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por
la CAJA ART por los fundamentos vertidos en el considerando 7mo). III) -Hacer lugar parcialmente a la acción
interpuesta por Juan Efrain Poblete Brevis (hoy sus herederos: Susana Gloria Poblete Contreras; Miguel Ángel
Poblete Contreras; Gustavo Cristian Poblete Contreras; Cristian Eduardo Poblete Contreras; Elizabeth del Carmen
Poblete Contreras. Juan Marcelo Poblete Contreras y Sra. María Elizabeth Contreras Alvarado) y por Elizabet
Contreras contra PESCOM SA y contra la CAJA ART condenando a las demandadas en forma solidaria a abonar a
cada uno de los padres del causante: Elizabet Contreras Alvarado y Juan Efrain Poblete Brevis (hoy sus herederos):
a) -la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000) en concepto de daño moral y b) - la suma de PESOS QUINIENTOS
MIL ($ 500.000) en concepto de perdida de chance; en ambos casos con más el interés correspondiente a la
tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento (cf. Cámara Federal de
Apelaciones de Bahía Blanca, expte. nro. 66.034, caratulado “CLEMENZA, Vicente y otros c/Armada Argentina s/
Reaj. Haberes. Cont. Adm.”, del Poder Judicial de la Nación JUZGADO FEDERAL DE BAHÍA BLANCA 2 17/11/11)
desde que adquiera firmeza la presente sentencia (por haber sido los montos impuestos en concepto de daño moral
y perdida de chance-ayuda económica futura calculados a valores actuales) y hasta su efectivo pago, conforme
los argumentos vertidos en el considerando 5to), 6to) y 7mo). III) -Imponer las costas a las demandadas por resultar
sustancialmente vencidas (art. 68 del CPCCN (cons. 9no). IV) -Diferir la regulación de honorarios hasta que los
profesionales intervinientes acrediten su situación previsional e impositiva. Fdo: MARÍA GABRIELA MARRÓN,
JUEZ FEDERAL”. Bahía Blanca 24 de noviembre de 2022. Fdo: GABRIELA NATIVIDAD COSTA. SECRETARIA
FEDERAL María Gabriela Marrón Juez - Gabriela Natividad Costa Secretaria Federal
e. 25/11/2022 N° 96189/22 v. 28/11/2022