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N° 97107/22 Aviso del Boletín Oficial

TURING SOLUTIONS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 29 de noviembre de 2022

Texto del aviso

TURING SOLUTIONS S.R.L.

CUIT 30716036231. Acta de Reunión de socios N° 10, del 30/9/2022, los socios que reúnen el 100% del capital

social, por unanimidad de votos modificaron las cláusulas por el texto que a continuación se indica: NOVENA:

Las resoluciones sociales se adoptarán a través de cualquiera de los siguientes procedimientos: a) en reunión de

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.057 - Segunda Sección 32 Martes 29 de noviembre de 2022

socios, que deberá ser convocada por la gerencia, con una anticipación no menor de quince días, por citación

notificada personalmente o por otro medio fehaciente, o b) mediante declaración escrita en la que todos los socios

expresen el sentido de su voto. Toda comunicación o citación a los socios debe dirigirse al domicilio expresado en

este instrumento, salvo que se haya notificado su cambio a la gerencia. Cada cuota dará derecho a un solo voto.

Las resoluciones sociales se asentarán en el libro de actas.- En las reuniones de socios en las cuales, al menos,

algún participante se haya comunicado a distancia se deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Que la

sociedad utilice un sistema que otorgue libre acceso a todos los participantes, mediante plataformas que permitan

la transmisión en simultáneo de audio y video, que admita su grabación en soporte digital y que habilite la intervención

con voz y voto de todos los asistentes, durante todo su desarrollo. b) Que en la convocatoria a la reunión se informe

de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de

permitir dicha participación. c) Que el representante legal de la sociedad conserve una copia en soporte digital de

la reunión por el término de cinco años, la que deberá estar a disposición de cualquier socio que la solicite. d) Que

una vez concluida la reunión, sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de

las personas que participaron y estar suscripta por el representante social. e) En el supuesto de que mediare una

interrupción del sistema de comunicación utilizado en la reunión antes que concluya, que afecte al menos a uno

de los participantes comunicados a distancia o a la grabación de la misma, la reunión se suspenderá de pleno

derecho y automáticamente durante quince minutos. En caso que pasado dicho lapso, no se hubiese podido

reanudar el funcionamiento del sistema de comunicación a distancia o la grabación de la misma, la reunión pasará

a un cuarto intermedio para el primer día hábil posterior a la suspensión a la misma hora en que se hubiese iniciado

la reunión suspendida, manteniendo plena validez las resoluciones adoptadas hasta ese momento. Reanudada

la reunión en las condiciones expuestas y restablecida la comunicación de audio y video y su grabación, con

todos los asistentes que constituyan el quórum necesario para continuar, se tratarán únicamente aquellos puntos

del orden del día que no hubieran sido considerados y/o resueltos antes de la interrupción. Si al reanudarse la

reunión no se obtuviera el quórum necesario para continuar, la misma concluirá al tiempo de la interrupción.”.-

Se propone modificar la cláusula DECIMA por la siguiente: “DECIMA: Las resoluciones sociales que tengan por

objeto la modificación del contrato social y la designación o revocación de gerentes, requieren una mayoría que

represente como mínimo las tres cuartas partes del capital social. Las demás resoluciones sociales se adoptarán

por mayoría del capital presente en la reunión de socios. En todos los casos, si un solo socio representare el

voto mayoritario, se necesitará además el voto de otro socio. En cualquier caso, las reuniones podrán celebrarse

utilizando mecanismos que les permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, tanto sea

que todos o algunos de ellos se encuentren a distancia utilizando plataformas que se lo permitan. En estos casos,

quienes se comuniquen a distancia serán tenidos, a los fines del cómputo del quórum y de las mayorías para

tomar decisiones, como presentes en la reunión. Asimismo, modificaron la composición de la Gerencia, la que

es asumida por ambos socios de la sociedad, como GERENTES, para que actúen de manera indistinta, en forma

individual o plural, por tiempo indeterminado. Sebastián Rodolfo URBANSKI y Juan José SOIZA REILLY, aceptan

expresamente el cargo de Gerentes de la sociedad, constituyen domicilio especial en la sede social de Av. de Mayo

982, 3° b, CABA. Datos personales: Sebastián Rodolfo URBANSKI, arg. nacido: 17/9/1979, DNI 27.658.833, CUIT:

20-27658833-9, domicilio: Souto 2855, Quilmes, Prov. Bs.As., casado, ingeniero en sistemas informáticos; Juan

José SOIZA REILLY, arg. nacido 25/8/1979 DNI: 27.627.296, CUIT: 23-27627296-9, domicilio: Av.de Mayo 982, 3°

”B”, CABA, casado. Autorizado según instrumento privado ACTA DE REUNION DE SOCIOS de fecha 30/09/2022

Autorizado según instrumento privado ACTA DE REUNION DE SOCIOS de fecha 30/09/2022

Luciana Hernando - T°: 96 F°: 85 C.P.A.C.F.

e. 29/11/2022 N° 97107/22 v. 29/11/2022