N° 97107/22 Aviso del Boletín Oficial
TURING SOLUTIONS S.R.L.
Texto del aviso
TURING SOLUTIONS S.R.L.
CUIT 30716036231. Acta de Reunión de socios N° 10, del 30/9/2022, los socios que reúnen el 100% del capital
social, por unanimidad de votos modificaron las cláusulas por el texto que a continuación se indica: NOVENA:
Las resoluciones sociales se adoptarán a través de cualquiera de los siguientes procedimientos: a) en reunión de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.057 - Segunda Sección 32 Martes 29 de noviembre de 2022
socios, que deberá ser convocada por la gerencia, con una anticipación no menor de quince días, por citación
notificada personalmente o por otro medio fehaciente, o b) mediante declaración escrita en la que todos los socios
expresen el sentido de su voto. Toda comunicación o citación a los socios debe dirigirse al domicilio expresado en
este instrumento, salvo que se haya notificado su cambio a la gerencia. Cada cuota dará derecho a un solo voto.
Las resoluciones sociales se asentarán en el libro de actas.- En las reuniones de socios en las cuales, al menos,
algún participante se haya comunicado a distancia se deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Que la
sociedad utilice un sistema que otorgue libre acceso a todos los participantes, mediante plataformas que permitan
la transmisión en simultáneo de audio y video, que admita su grabación en soporte digital y que habilite la intervención
con voz y voto de todos los asistentes, durante todo su desarrollo. b) Que en la convocatoria a la reunión se informe
de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de
permitir dicha participación. c) Que el representante legal de la sociedad conserve una copia en soporte digital de
la reunión por el término de cinco años, la que deberá estar a disposición de cualquier socio que la solicite. d) Que
una vez concluida la reunión, sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de
las personas que participaron y estar suscripta por el representante social. e) En el supuesto de que mediare una
interrupción del sistema de comunicación utilizado en la reunión antes que concluya, que afecte al menos a uno
de los participantes comunicados a distancia o a la grabación de la misma, la reunión se suspenderá de pleno
derecho y automáticamente durante quince minutos. En caso que pasado dicho lapso, no se hubiese podido
reanudar el funcionamiento del sistema de comunicación a distancia o la grabación de la misma, la reunión pasará
a un cuarto intermedio para el primer día hábil posterior a la suspensión a la misma hora en que se hubiese iniciado
la reunión suspendida, manteniendo plena validez las resoluciones adoptadas hasta ese momento. Reanudada
la reunión en las condiciones expuestas y restablecida la comunicación de audio y video y su grabación, con
todos los asistentes que constituyan el quórum necesario para continuar, se tratarán únicamente aquellos puntos
del orden del día que no hubieran sido considerados y/o resueltos antes de la interrupción. Si al reanudarse la
reunión no se obtuviera el quórum necesario para continuar, la misma concluirá al tiempo de la interrupción.”.-
Se propone modificar la cláusula DECIMA por la siguiente: “DECIMA: Las resoluciones sociales que tengan por
objeto la modificación del contrato social y la designación o revocación de gerentes, requieren una mayoría que
represente como mínimo las tres cuartas partes del capital social. Las demás resoluciones sociales se adoptarán
por mayoría del capital presente en la reunión de socios. En todos los casos, si un solo socio representare el
voto mayoritario, se necesitará además el voto de otro socio. En cualquier caso, las reuniones podrán celebrarse
utilizando mecanismos que les permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, tanto sea
que todos o algunos de ellos se encuentren a distancia utilizando plataformas que se lo permitan. En estos casos,
quienes se comuniquen a distancia serán tenidos, a los fines del cómputo del quórum y de las mayorías para
tomar decisiones, como presentes en la reunión. Asimismo, modificaron la composición de la Gerencia, la que
es asumida por ambos socios de la sociedad, como GERENTES, para que actúen de manera indistinta, en forma
individual o plural, por tiempo indeterminado. Sebastián Rodolfo URBANSKI y Juan José SOIZA REILLY, aceptan
expresamente el cargo de Gerentes de la sociedad, constituyen domicilio especial en la sede social de Av. de Mayo
982, 3° b, CABA. Datos personales: Sebastián Rodolfo URBANSKI, arg. nacido: 17/9/1979, DNI 27.658.833, CUIT:
20-27658833-9, domicilio: Souto 2855, Quilmes, Prov. Bs.As., casado, ingeniero en sistemas informáticos; Juan
José SOIZA REILLY, arg. nacido 25/8/1979 DNI: 27.627.296, CUIT: 23-27627296-9, domicilio: Av.de Mayo 982, 3°
”B”, CABA, casado. Autorizado según instrumento privado ACTA DE REUNION DE SOCIOS de fecha 30/09/2022
Autorizado según instrumento privado ACTA DE REUNION DE SOCIOS de fecha 30/09/2022
Luciana Hernando - T°: 96 F°: 85 C.P.A.C.F.
e. 29/11/2022 N° 97107/22 v. 29/11/2022