N° 97477/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi cargo, sito en
M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por dos días en autos “ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS
Y CONSUMIDORES (ADUC) c/ BANCO SAENZ S.A. Y OTROS s/ORDINARIO” (Exp. Nro. 10584/2016) que las partes
han arribado a un acuerdo a la luz del cual BANCO SAENZ S.A. continuará percibiendo la comisión “mantenimiento de
cuenta” en los términos de las Comunicaciones BCRA “A” 5460 y 5388 pero se compromete a otorgar a aquellos que
habiendo sido clientes al día 30.09.13 y continúen -o no- siéndolo y se les hubiera cobrado a partir de dicha fecha la
comisión antes aludida en tarjetas de crédito VISA y MASTERCARD un beneficio de: 1) servicios de asistencia médica:
(i) Acompañante nocturno por internación por hasta $ 10.000 anuales; (ii) Enfermera a domicilio por hasta $ 10.000
anuales; (iii) Descuento en farmacias por hasta $ 500 por evento y hasta 3 eventos por año; (iv) Referencias médicas
sin límite; (v) Terapeuta a domicilio por hasta $ 10.000 anuales; (vi) Psicólogo en línea por hasta 3 eventos por año;
(vii) Médico telefónico por hasta 3 eventos por año; (viii) Ambulancia por hasta $ 10.000 anuales; y (ix) Nutricionista
digital por hasta 3 eventos por año); 2) asistencia odontológica por hasta $ 10.000 anuales: (i) Consulta de urgencia,
alivio del dolor y medicación sedante; (ii) Apertura cameral y obturación provisoria; (iii) Eliminación total o parcial de
la pulpa dentaria; (iv) Mediación tópica; (v) Prescripción de medicación antibiótica, antiinflamatoria y/o analgésica; (vi)
Cementado de puente, perno y corona; (vii) Curetajes; (viii) Radiografía periapical; (ix) Extracción simple; (x) Diagnóstico;
(xi) Plan de tratamiento; (xii) Exodoncias simples o extracciones; (xiii) Técnicas de higiene oral y prevención telefónica;
(xiv) Tratamientos de conducto; (xv) Referencias de centros odontológicos; y (xvi) Colocación de eugenio/cavit; 3)
asistencia al hogar: (i) Servicio de Plomería por hasta $ 3.000 por evento y hasta 2 eventos al año; (ii) Servicio de
Gasista por hasta $ 3.000 por evento y hasta 2 eventos al año; (iii) Servicio de Vidriería por hasta $ 3.000 por evento y
hasta 2 eventos al año; (iv) Servicio de Electricista por hasta $ 3.000 por evento y hasta 2 eventos al año; (v) Servicio
de Cerrajería por hasta $ 3.000 por evento y hasta 2 eventos al año; (vi) Cuidador ante siniestros por hasta $ 1.000 por
evento y hasta 1 evento al año; (vii) Servicio de Mudanza por hasta $ 1.000 por evento y hasta 1 evento al año; y (viii)
Servicio de Mantenimiento $ 1.000 por evento y hasta 1 evento al año; y 4) asistencia legal consistente en consultoría
legal telefónica sin límite. Todas estas prestaciones serán prestadas por IKE ASISTENCIA ARGENTINA S.A. en las
condiciones establecidas en los ptos. II. 6 y II. 7 (v. Anexo III). Se hace saber que la sentencia homologatoria hará
cosa juzgada para los demandados y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren abarcados en el
acuerdo, sin perjuicio del derecho que les pudiere asistir a quienes deseen apartarse de la solución general adoptada,
de efectuar reclamos individuales. Podrán ellos excluirse del referido acuerdo transaccional, dentro de los 90 días
corridos de efectuada la última publicación de edictos enviando un correo al e-mail atencionacuerdojudicial@bsaenz.
com.ar con indicación de que harán uso del derecho de autoexclusión. Buenos Aires 22 de noviembre de 2022. PAULA
MARIA HUALDE Juez - FLORENCIA MARIA CLAUS SECRETARIA
e. 30/11/2022 N° 97477/22 v. 01/12/2022