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N° 101263/22 Aviso del Boletín Oficial

AUTOVÍA BS. AS. A LOS ANDES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 13 de diciembre de 2022

Texto del aviso

AUTOVÍA BS. AS. A LOS ANDES S.A.

30711346801. “AUTOVÍA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A.”, continuadora de “AUTOVÍA BS. AS. A LOS

ANDES S.A.” a) Por decisión de Asamblea General Extraordinaria del 17/10/2022, resolvió: I) Aumentar el capital

social de $ 33.323.265 a $ 433.323.265, estando compuesto el aumento por 400.000.000 acciones ordinarias

escriturales, de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; y consecuentemente emitir

400.000.000 acciones ordinarias escriturales, de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción;

suscripción del capital social: (i) Jose Cartellone Construcciones Civiles S.A.: 24.992.449 acciones; (ii) LHASSA S.A.:

408.330.816 acciones; que representan el 5,7676% y 94,2323%, respectivamente, del capital social. II) Modificar los

artículos 1°, 2°, 4°, 6° y 19° del estatuto, relativos al cambio de denominación social, capital social, fecha de cierre

del ejercicio, otorgamiento de garantías, jurisdicción y sede social; quedando redactados de la siguiente manera: i)

“ARTÍCULO PRIMERO: La Sociedad se denomina: “AUTOVÍA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A.” (en adelante,

la “Sociedad”). Tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, pudiendo instalar agencias,

sucursales y demás representaciones dentro o fuera del país.- Podrá establecer por resolución del Directorio,

sucursales, agencias y/o delegaciones como así también representaciones con o sin capital asignado a cada una

de ellas, en cualquier punto del país o en el extranjero.”. ii) “ARTÍCULO SEGUNDO: La duración de la Sociedad es

de noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de la inscripción del estatuto constitutivo de la Sociedad

en el Registro Público de Comercio.”; iii) “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de pesos cuatrocientos treinta

y tres millones trescientos veintitrés mil doscientos sesenta y cinco ($ 433.323.265) representado por 433.323.265

acciones ordinarias escriturales, de pesos uno ($ 1) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.

El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme

lo dispone el art. 188 de la Ley 19.550. En oportunidad de cada aumento se fijarán las características de las

acciones a emitirse en razón del mismo, pudiéndose delegar en el Directorio la facultad de realizar las emisiones

en la oportunidad que estime conveniente, como asimismo la determinación de la forma y condiciones de pago

de las acciones. La Sociedad podrá crear diversas clases de acciones, dentro de cada cual se conferirán los

mismos derechos. Las acciones emitidas podrán ser convertidas a acciones de distinta clase, previo acuerdo del

accionista titular de dichas acciones. Las acciones de la Sociedad podrán ser reembolsables y/o rescatables y/o

amortizables, bajo las condiciones de emisión que sean establecidas por la asamblea de accionistas, pudiéndose

delegar en el Directorio la facultad de realizar las emisiones de estas clases de acciones en la oportunidad que

estime conveniente, como asimismo la determinación de la forma y demás condiciones de rescate, reembolso o

amortización de acciones”; iv) “ARTÍCULO SEXTO: Las acciones de la Sociedad podrán ser objeto de prendas

o garantía a terceros, previa aprobación por Asamblea Extraordinaria, requiriéndose el quórum determinado por

el artículo 244 de la Ley 19.550 y la mayoría se determinará con el voto favorable de las tres cuartas partes del

capital social.”; v) “ARTICULO DECIMONOVENO: A) El ejercicio social cerrará el 31 de diciembre de cada año. A

esa fecha se confeccionarán los estados contables, conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas

de la materia. B) Sin perjuicio de ello, en caso de que la Sociedad o sociedad controlada por ella sea autorizada

a efectuar oferta pública de sus acciones, obligaciones negociables u otros títulos, se deberán confeccionar

trimestralmente estados contables adecuados a los requisitos legales y reglamentarios aplicables, confecciona

dos por el Directorio con dictamen de la Comisión Fiscalizadora. C) La Asamblea puede modificar la fecha de

cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la

autoridad de contralor competente. D) Las utilidades líquidas y realizadas que resulten, se destinarán anualmente:

1) El tanto por ciento fijado por las disposiciones legales vigentes, al fondo de reserva legal. 2) La suma que,

ajustándose a las disposiciones legales y estatutarias vigentes, se determine para retribución de los integrantes

del Directorio, a asignar entre ellos como lo decida la asamblea o, en su caso, el propio Directorio. 3) La suma que

se fije para la retribución de los miembros de la Comisión Fiscalizadora; 4) El dividendo que corresponda a las

acciones preferidas, si las hubiere, debiéndose pagar en primer término los dividendos acumulativos atrasados.

5) El saldo, hasta alcanzar una suma que no podrá ser superior a las ganancias percibidas en efectivo durante

el ejercicio, se distribuirá en la forma que, previo pago de la participación adicional de las acciones preferidas,

si las hubiere, resuelva la asamblea. Podrá ser destinado total o parcialmente a reservas facultativas que sean

razonables y obedezcan a una prudente administración, a cuenta nueva, o a dividendos de las acciones ordinarias.

6) Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.

Se prescriben a favor de la Sociedad los dividendos que no hayan sido cobrados después de vencidos tres años

desde la fecha en que fueron puestos a disposición de los accionistas. El importe de los dividendos prescriptos

se aplicará a reserva especial.” b) Por decisión de Directorio del 02/11/2022, se resolvió establecer sede social

en Coronel Machado 2548, Castelar, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires. Autorizado según instrumento

privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 17/10/2022 y Acta de Directorio de fecha 02/11/2022

SANTIAGO PEDRO REIBESTEIN - Matrícula: 5651 C.E.C.B.A.

e. 13/12/2022 N° 101263/22 v. 13/12/2022